La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la pena de
diez años de prisión para un hombre acusado de un delito de agresión
sexual continuado a su sobrina de corta edad a la que habría sometido
contra su voluntad al menos durante tres años, para lo que se aprovechó
de su posición así como de las buenas relaciones familiares.
El fallo, consultado por Europa Press, rechaza hasta 14 motivos
apelados por la defensa en su recurso de casación y confirma la pena
impuesta por la Audiencia Provincial de Almería,
que si bien tuvo en cuenta las dilaciones indebidas en el proceso para
rebajar en un grado la pena, apuntaba el dilatado tiempo en el que se
produjeron las agresiones así como las secuelas que quedaron en la
pequeña, quien por entonces contaba con menos de diez años de vida.
La sentencia apunta la posición que le proporcionaba la relación
familiar, que le permitía un "mayor acceso y trato cercano" con la
menor, con la que coincidía en los acontecimientos familiares, lo que
habría aprovechado para agredirla sexualmente de diferentes formas y en
distintos lugares.
Como consecuencia de estos hechos, la menor ha sufrido un trastorno
por estrés postraumático al haber sufrido experiencias sexuales
inapropiadas a largo plazo, según se desprende tanto de la pericial
psicológica practicada como de las declaraciones efectuadas por la
víctima, a las que el tribunal confiere valor probatorio.
En esta línea, la declaración de la menor supuso "prueba de cargo
suficiente" para basar la condena, ya que su relato fue "idéntico" al
ofrecido ante la Guardia Civil y en la fase de instrucción "con toda
clase de detalles y prolijidades". "La menor relató en un estado de
angustia perceptible para el Tribunal y de manera extensa numerosas
situaciones donde ocurrieron estos hechos", añade el texto.
Asimismo, el tribunal justifica la concurrencia de violencia sobre la
menor en tanto que siendo menor de 13 años no puede existir la
obtención de un consentimiento por parte de la víctima para acceder a
las relaciones, según lo alegado por la defensa del acusado. En el mismo
sentido, apunta a la posición de "superioridad" sobre la pequeña tanto a
nivel de confianza como físico, según recoge el fallo original.
En cualquier caso, apunta el Alto Tribunal a la existencia de
violencia ejercida contra la menor, ya que en la relación de hechos
probados se destaca las ocasiones en las que la niña trataba de
"protegerse" para evitar ser tocada por su tío o en las que era
"inmovilizada".
Consulte el artículo online actualizado en nuestra página web:
https://www.lavozdealmeria.com/noticia/12/almeria/154862/diez-anos-de-carcel-por-agredir-sexualmente-a-su-sobrina-durante-tres-anos