Una familia logra liberarse de su deuda hipotecaria

Un juzgado de Madrid da la razón a una familia representada por Grupo Cibeles Abogados

Integrantes de \'Grupo Cibeles\'.
Integrantes de \'Grupo Cibeles\'. La Voz
La Voz
07:00 • 15 jul. 2019

¿Se puede anular una hipoteca concedida hace más de una década? Dicho en estos términos parece una quimera imposible de alcanzar, pero no siempre es así, pues en Grupo Cibeles lo acaban de conseguir. Así, gracias a Grupo Cibeles Abogados una familia se ha visto liberada por un juzgado de su deuda hipotecaria, casi 100.000 €.



Ante este logro, hay que realizar un breve resumen de hechos para entender por qué y con qué fundamentos el Juzgado ha dictado esta sentencia pionera en nuestro ordenamiento. Es la historia de los años del llamado “boom inmobiliario” y una familia que ve como, gracias a su esfuerzo y sacrificio diario, prosperan económicamente.



Así, en el año 2007, solicitaron sendos préstamos hipotecarios. Con la “explosión de la burbuja”, los ingresos de la familia se ven seriamente esquilmados. El desempleo y los números rojos hacen que  tengan que adoptar la drástica decisión de otorgar dación en pago. En las negociaciones con el banco les exigen que entreguen las dos viviendas y que, además, hipotequen una tercera para concederles un préstamo de 100.000 €.



Ante esta situación, el equipo de ‘Cibeles’ actuó dado el estado de necesidad de la familia y su juventud, que aceptó los términos de la CAM y la exigencia de hipotecar una finca, así como de endeudarse por 100.000 €, pese a no recibir nada a cambio. Solo, obligación de pago y la pérdida de sus dos inmuebles. 



Así, la CAM ingresó directamente el importe que supuestamente le entregaba a los deudores a sus arcas y le obligó a pagar mensualmente, 100.000 euros más los intereses que constan en el préstamo hipotecario. Esta imposición de la CAM así como el ingreso del importe del préstamo directamente a las arcar de la CAM, queda probado en la Sentencia, lo que hace que se trate de unos contratos inexistentes, nulos de pleno derecho por falta de objeto y causa, obligando a la Caja a devolver todas las cantidades recibidas.






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