Un nuevo auto judicial dictado el pasado 15 de noviembre por el Juzgado de los Contencioso Administrativo número 2 de Sevilla vuelve a estimar la paralización cautelar del posible traslado del Pingurucho a petición de la Asociación Bicentenario de los Coloraos. Se trata de la tercera resolución judicial que llega en este sentido tras las diferentes demandas presentadas bien por colectivos sociales o por personas individuales para frenar que se pueda llevar la columna conmemorativa al Parque Nicolás Salmerón.
Exactamente esta demanda se presentaba contra la Resolución de la delegada de Fomento, Infraestructuras, Ordenación del Territorio, Cultura y Patrimonio Histórico en Almería por la que se autoriza el traslado, decisión que se encuentra respaldada en la aprobación que del cambio de ubicación hacía la Comisión Provincial de Patrimonio.
Explica en su escrito de medidas cautelares el juez del Contencioso Administrativo número 2 de Sevilla que, teniendo en cuenta el caso, "hay que tener en cuenta que el traslado del monumento conmemorativo que se contiene en la resolución objeto de recurso provocaría importantes gastos económicos que se analizan en la pericial aportada, y que ascenderían a 742.687. euros, que en el caso de que la sentencia que recaiga fuera estimatoria y hubiera de devolverse el monumento a su ubicación actual conllevaría un nuevo gasto por el traslado de igual importe, lo que llevaría a la acumulación de un coste a 1.485.374 euros".
Tiene en cuenta, además, que ya hay suspensión del Tribunal Contencioso Administrativo número 3 de abril de 2021 de la ejecución del acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento en la que se establecía este traslado sin que haya oposición alguna por parte del propio Consistorio. Suma también que, teniendo en cuenta que el informe que acompaña la demanda contempla que "el traslado previsto supondría trocear un monumento
monolítico de mármol, con los consiguiente perjuicios que de esta acción se pudieran derivar, y que podrían llegar a ser irreparables; por el contrario la suspensión del acto administrativo impugnado no produce perturbación grave de los intereses generales o de tercero , pues en caso de no prosperar el recurso, simplemente se produciría un retraso en el cumplimiento de la resolución administrativa".
Por todo ello, el juzgado estima las medidas cautelares y paraliza la resolución de la Delegación de Fomento permitiendo el traslado del Monumento a Los Coloraos al Parque Nicolás Salmerón.
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