La Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha condenado a 11 años de prisión a un varón acusado de abusar sexualmente de dos menores de 5 y 6 años a las que cuidaba en una vivienda en la Comarca de Níjar.
El TSJA confirma una sentencia de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Almería que imponía, además, una orden de alejamiento durante 12 años y libertad vigilada durante un lustro una vez cumplida la pena de cárcel. Los hechos se remontan a un periodo comprendido entre noviembre de 2017 y febrero de 2018. El acusado cometió abusos sobre las niñas, a cargo de su mujer durante la jornada de trabajo de los padres.
El tribunal no halla pruebas para acreditar que existiera penetración a las menores, pero sí relata tocamientos y escenas de enorme dureza. “Actuó en varias ocasiones entre noviembre de 2017 y febrero de 2018, aprovechando que su mujer no estaba pendiente o había salido de casa, y guiado por un ánimo libidinoso”, señalan los hechos probados.
El acusado llegó incluso a mostrarle a una de las menores vídeos de contenido pornográfico, según la investigación. “Se aprovechó en todo momento de su superioridad física e intelectual y les decía a ambas que no se lo dijeran a nadie porque eso era un secreto”, subraya la Audiencia Provincial de Almería.
La sentencia tiene una especial complejidad, puesto que analiza como pruebas de cargo las declaraciones prestadas por las dos víctimas, de muy corta edad. Sus testimonios se consideran “creíbles y verosímiles”. Como elementos de corroboración el tribunal de instancia utilizó “la declaración de las madres de las menores, y los informes realizados por psicólogas expertas de la Fundación Márgenes y Vínculos”.
La valoración de los peritos es, en estos casos, como elementos para apuntalar la versión de las denunciantes. Una menor mostró durante la exploración “rechazo y miedo hacia el supuesto agresor, vergüenza y evitación” del relato de los hechos.
En cuanto a la segunda, “no se detectó sintomatología clínicamente significativa relacionada con violencia sexual, aunque sí que atribuía una connotación negativa a los hechos que relataba y al acusado”. También se descartó “la posibilidad de que mediaran motivaciones espurias, tales como resentimiento, venganza o enemistad”.
Recursos
La defensa presentó recurso de apelación, pero el TSJA lo desestima y da crédito a las declaraciones de las pequeñas. Cita la jurisprudencia sobre los testimonios de víctimas de delitos sexuales considerados como prueba suficiente. “Puede ser considerada prueba de cargo suficiente para enervar la presunción de inocencia, aunque sea la única prueba concurrente, lo que es frecuente que suceda en casos de abusos o agresiones sexuales, correspondiendo valorarla al órgano de enjuiciamiento, que es el que goza de las ventajas inherentes a inmediación”.
“En cuanto a la credibilidad objetiva de las menores, constató el tribunal de instancia que ofrecieron un relato suficientemente extenso, coherente, completo y rico en detalles, condicionado, eso sí, por su corta edad y escasa madurez, así como por su desconocimiento en materia sexual”, ahonda el TSJA.
El acusado puede recurrir en casación ante el Tribunal Supremo. De momento, está condenado a cinco años y medio de prisión por cada delito de abuso sexual, a cinco años de libertad vigilada y al pago de 18.000 euros a cada menor en concepto de indemnización por daños morales. También tiene prohibido cualquier comunicación o acercamiento a menos de 500 metros durante un periodo de 12 años.
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