El 30 de enero de 1997 los nueve miembros del jurado popular reunidos en el Palacio de Justicia de Almería declararon a I. M. culpable de un delito de homicidio. El acusado asaltó una propiedad en un polígono de La Juaida y clavó unas tijeras en el pecho al propietario durante la pelea. El caso estrenó en la provincia la nueva Ley del Tribunal del Jurado.
Casi tres décadas después, la Audiencia Provincial de Almería ha desarrollado decenas de procesos por esta vía, algunos especialmente relevantes como el Caso Gabriel Cruz y otras tres condenas de prisión permanente revisable dictadas en la provincia desde la reforma de 2015.
El Boletín Oficial de la Provincia (BOP) publicó este miércoles los algo más de 1.000 nombres y apellidos de los ciudadanos seleccionados para participar en los juicios con jurado en la Audiencia Provincial de Almería durante los próximos dos años, entre el 1 de enero de 2023 y el 31 de diciembre de 2024.
Los candidatos salen del sorteo realizado el pasado 23 de septiembre de 2022 en la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral en Almería y suponen una representación proporcional de la población de cada municipio. Por tanto, la capital aporta el mayor número de posibles jurados.
¿Cómo funciona el sistema?
Estar en la lista de candidatos no significa necesariamente participar en un juicio con jurado popular. La ley contempla varias fases hasta llegar a la sala de vistas. La Audiencia Provincial de Almería celebra una media de cinco juicios con jurado cada año. Cuando se configura el tribunal para cada caso, se efectúa un nuevo sorteo para seleccionar a 36 precandidatos.
Los 36 elegidos tendrán que pasar a la última fase. Unos días antes del inicio de la vista oral (coloquialmente, el juicio), se celebra en la Audiencia Provincial de Almería una vistilla de excusas donde las personas que estén afectadas por situaciones graves (una enfermedad, por ejemplo) pueden pedir no ser parte del juicio. Hay obligación legal, como pasa con los procesos electorales, así que no es tan sencillo como decir que no se quiere participar.
Luego está el paso final (normalmente el primer día del juicio oral). Las partes tienen capacidad de recusación a través de las preguntas a los candidatos y el resultado es un grupo de nueve titulares y dos suplentes. Estas personas serán las encargadas de valorar las pruebas y alcanzar un veredicto (contestan a un cuestionario llamado 'objeto de veredicto'), aunque siempre es el magistrado presidente del tribunal el responsable de poner cifras a la condena.
Una compensación económica
La Ley del Jurado de 1995 prevé la asignación de unas cuotas
económicas para cada uno de los miembros. Los 36 ciudadanos que acuden a
la vistilla inicial reciben 33,50 euros, mientras los seleccionados para participar en el vista oral del juicio reciben 67 euros diarios.
Además, el Ministerio de Justicia se hace cargo de los costes derivados de la manutención en un hotel hasta la lectura del veredicto. Los miembros reciben una media de 600 euros
por una procedimiento común, de unos diez días de duración, incluyendo
la deliberación y la sesión final de lectura del veredicto, justo antes
de disolverse (las cantidades varían según la duración de los procesos).
Consulte aquí el listado publicado en el BOPA.
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