El profesor británico condenado por abusos consigue una rebaja de tres meses

El tribunal aplica la reforma de la ‘Ley del solo sí es sí’ y fija la pena en 11 años y 3 meses

Carlo Troiano, en un juicio
Carlo Troiano, en un juicio La Voz
Javier Pajarón
18:55 • 27 feb. 2023 / actualizado a las 18:56 • 27 feb. 2023

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Almería ha rebajado en tres meses la pena de prisión para Carlo Troiano, el profesor británico condenado por abusos sexuales a una alumna de 15 años de edad. El tribunal aplica la reforma de la denominada ‘Ley del solo sí es sí’ y reduce la condena a 11 años y tres meses de prisión, según un auto fechado el 22 de febrero y consultado por LA VOZ.




“Con la redacción del Código Penal resultante de la reforma operada por Ley Orgánica 10/2022, el hecho tendría un marco punitivo de diez años y seis meses a 12 años”, detalla el tribunal. “Así, el nuevo Código resulta más favorable, pues la cota mínima es inferior y, como quiera que se le impuso en su día la pena en su grado  medio, lo razonable es mantener el criterio, reduciendo la pena a 11 años y 3 meses de prisión”.




La Fiscalía mostró su rechazo a la rebaja de la condena alegando que la conducta de Carlo Troiano está descrita dentro de otro apartado del artículo 181 del Código Penal y, por tanto, no debía beneficiarse de la reforma. El tribunal, en cambio, entiende que se debe aplicar una ligera modificación de tres meses.




Troiano mantuvo relaciones sexuales completas durante, al menos, seis meses con una estudiante del colegio privado de Roquetas de Mar donde impartía clases de Economía. Los encuentros se sucedieron cuando la víctima tenía entre 14 y 15 años de edad y, por tanto, por debajo de los 16 años marcados como límite legal para el consentimiento sexual.  Carlo Troiano actuó “con ánimo libidinoso y aprovechando la especial situación de ascendencia y superioridad que le brindaba su condición de profesor”, según la sentencia.




La sala reitera que el procesado no negó las relaciones sexuales y que existen pruebas gráficas (aportadas en un pen drive) para acreditarlo. Además, alude a “la prueba testifical de la menor, dando detalles de los momentos del inicio de la relación con el acusado”.




El TSJA condenó al colegio a 25.000 euros. “La dirección del colegio tuvo noticia, meses después de la contratación del acusado, de que éste habían sido enjuiciado y absuelto en el Reino Unido por abusos sexuales. Asimismo fue informada de que dos profesores habían visto al acusado y a la menor juntos” fuera del horario escolar.





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