La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Almería comunicó el pasado viernes la sentencia del Caso Poniente. El tribunal necesitó 20 meses para redactar un documento de 400 páginas que condena a Juan Enciso, a José Alemán y a los principales empresarios de la trama de Elsur por el saqueo de 58,8 millones de euros de las arcas públicas de El Ejido.
Sin embargo, la sentencia está abocada a resolverse en la Sala Segunda del Tribunal Supremo, donde las partes pueden presentar recurso en un plazo de 30 días. Los delitos fiscales, las responsabilidades civiles y el papel de los familiares y testaferros se discutirá en casación en el Alto Tribunal. Esta es una lista de certezas y dudas planteadas en la sentencia de la Audiencia Provincial de Almería, piezas en un tablero judicial todavía plenamente abierto.
¿Cuándo podrá ejecutarse la sentencia?
Las partes pueden solicitar la ejecución de la sentencia, pero es previsible que las medidas se apliquen cuando el Tribunal Supremo se pronuncie de manera definitiva. Las partes tienen un mes para presentar recurso ante la Sala de lo Penal. Al tratarse de hechos anteriores a la reforma penal de 2015, los afectados no podrán acudir antes al TSJA. Esto acelera el trámite, aunque los plazos son una incógnita. Sirva de medida el asunto de los EREs. La Audiencia Provincial de Sevilla firmó su sentencia el 19 de noviembre de 2019 y el Supremo comunicó su resolución el 14 de septiembre de 2022.
¿Puede volver Juan Enciso a prisión?
Con la actual sentencia de cinco años y tres meses de prisión, el ex alcalde de El Ejido debería regresar a la cárcel. Serían descontados los ocho meses de prisión provisional decretados por la magistrada Monserrat Peña tras la detención del regidor el 20 de octubre de 2009. Este cómputo le acercaría a fórmulas como el tercer grado, aunque aún así tendría que regresar al internamiento. La edad no sería un problema, contrariamente a la creencia popular, sin embargo, puede justificar una medida alternativa a la cárcel.
¿Se ha beneficiado Enciso de la reforma del delito de malversación?
No, no le ha hecho falta. La sentencia aplica el tipo penal del delito de malversación (artículo 432 del CP) anterior a las reformas de 2015 y a la reciente del mes de diciembre. Explica el tribunal que los hechos son previos a 2015 y que aquel Código Penal era más beneficioso para los acusados.
¿Por qué dice Enciso que no se ha llevado dinero?
Es el punto más controvertido. La sentencia condena a Enciso por malversación porque “consintió” y “autorizó” el incremento ficticio del canon que iba destinado a Elsur y, por ende, a las subcontrata. Sabía que se estaba robando dinero público. “El alcalde era quien, como máximo mandatario (...) aprobaba los pagos del canon anual a la empresa mixta, que se sufragaban con dinero público. Todas esas actividades ilegales fueron consentidas por ambos acusados, (Juan Enciso y José Alemán)”. El desfalco asciende a 58,8 millones.
Sin embargo, la sentencia detalla que no ha quedado acreditado que el dinero defraudado por las empresas subcontratadas revirtiera directamente en el alcalde. Este punto es especialmente discutido, porque Enciso y su esposa mantuvieron a partir de 2003 relaciones empresariales con los condenados como José Amate (cinco años de prisión) y Juan Antonio Galán (cuatro años y nueve meses de prisión). Es decir, las empresas de Juan Enciso y su esposa Francisca Aguilera facturaron 671.074,96 euros con empresas vinculadas a Elsur, las mismas que se nutrían ilegalmente del dinero que Enciso autorizaba desde el Ayuntamiento.
Además que el ex alcalde de El Ejido obtuvo “rendimientos por la venta de varios inmuebles, cinco en total, entre 2002 a 2006, por un importe total de 323.475,50 euros. Dichos inmuebles habían sido adquiridos con anterioridad con fondos cuya procedencia no ha podido determinarse”.
¿Cuánto dinero tienen que devolver Enciso y Alemán?
El tribunal obliga al ex alcalde de El Ejido y al ex interventor municipal a devolver al Ayuntamiento más de dos millones de euros en concepto de responsabilidades civiles por haber autorizado los pagos de un canon engordado con una facturación falsa. Eran conocedores y consentidores de la trama, que sostuvieron durante años.
¿Por qué se anularon los delitos fiscales?
Estos delitos suponían el grueso de la acusación. La Fiscalía pidió la prescripción de la mitad, pero la Audiencia Provincial de Almería va más allá. El tribunal anula todos los delitos contra la Hacienda Pública porque los jueces instructores no interrogaron a los investigados sobre esos hechos. Es la mayor victoria de las defensas en el caso.
¿Recuperará el dinero el Ayuntamiento de El Ejido?
Es el gran caballo de batalla. El alcalde Francisco Góngora aseguró que el principal objetivo en la actuación es conseguir que los acusados devuelvan a los vecinos de El Ejido los 58,8 millones de euros malversados. No será una tarea fácil, aunque existen bienes y cuentas embargadas, garantías y seguros empresariales que podrían facilitar el trámite.
¿Pueden conseguir rebajas las defensas?
Los letrados de las defensas trabajan ya en los recursos de casación para intentar eliminar o reducir las condenas. No obstante, aunque hay 39 acusados y estrategias muy distintas, de forma global las defensas han conseguido minimizar la entidad de las condenas. La petición inicial de 1.300 años de cárcel se ha quedado reducida a ‘solo’ 102 años. Se han eliminado todos los delitos contra la Hacienda Pública y también los delitos societarios. Además, la sentencia detalla 16 absoluciones.
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