El alto tribunal andaluz confirma la sentencia emanada de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Almería por la que se condenó a N. J. M. B. H. a dos años de prisión por un delito de violencia habitual sobre la mujer, agravado por cometerse delante de menores cometido contra su ex mujer. Así como a una pena de veinte días de localización permanente por un delito leve de injurias. Asimismo, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha mantenido la resolución dada en Almería, por la que se absuelve al acusado de un delito de abuso sexual.
Los antecedentes de los hechos valorados por el TSJA se remonta a la sentencia del 24 de febrero de 2023, en el juicio de N. M. P. contra N. J. H. B. H. En este proceso, la demandante sostuvo haber sido víctima de la actitud agresiva y celosa del acusado, con el que mantenía una relación. Después de que naciera su hija mayor cuando el acusado generó un comportamiento "de control" hacia N. M. P. actitud que de acuerdo con la demandante se mantuvo durante 21 años. Produciéndose episodios de menosprecio e insultos delante de sus hijas a quien llamaba "zorra" o "puta", amenazas de "quemar la casa" o abofetearle la cara.
Una duda que cae sobre la inconsciencia
En la fase de instrucción también se abordó el presunto acto de violación que habría cometido N. J. M. B. sobre N. M. P. durante la Navidad de 2018, cuando la mujer cayó inconsciente producto de un ataque epiléptico, que habría aprovechado el acusado para abusar de la mujer, la cual se encontraba desvanecida.
El hecho de la que N. M. P. se encontrase sin conocimiento, tal y como lo acreditaron las informes e psicología forense emitidos en 20202, unido a las contradicciones de ambas partes en sus declaraciones y al hecho de que una de sus hijas fue a buscar un baso de agua para reanimar a su madre aturdida, hizo considerar al alto tribunal almeriense una duda sobre este hecho, absolviendo a N. J. M. B. del cargo de abuso. Este 'in dubio pro reo' también ha sido tenido en cuenta por el TSJA que ha mantenido la decisión de la Audiencia Provincial de Almería.
Para emitir su fallo el TSJA ha tenido en cuenta los informes periciales realizados por especialistas en violencia de género realizados a víctima y a acusado, siendo estos concordes y concluyentes, evidenciando los rasgos característicos de esa violencia en la relación que mantenían.
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