Primer paso para decirle adiós a los cables que siguen surcando el cielo de Almería en estos tiempos de soterramiento de trenes, tuberías y hasta de contenedores. El Pleno Extraordinario del Ayuntamiento de Almería aprobaba por unanimidad esta nueva norma que, siempre bajo los parámetros que marca la Ley Estatal de Telecomunicaciones, obligará a que tanto en las zonas en las que estos cables llevan tiempo como en las nuevas zonas, los tendidos eléctricos vayan soterrados.
Poco debate sobre la norma, que viene consensuada tras la realización de una mesa de trabajo con presencia de los diferentes partidos políticos que conforman el plenario (PP, PSOE, Vox y Podemos-IU-Verdes) y técnicos de Urbanismo que han sido los encargados de llevar la voz cantante para la redacción del documento. De hecho, destacaron los grupos la participación que se había tenido a la hora de desarrollar el documento y su importancia para tratar de seguir caminando en esta senda de cara a otros textos municipales.
El documento que se aprobó por unanimidad, solamente tuvo ‘peros’ del portavoz de Vox, Juan Francisco Rojas, quien consideró “sorprendente” la falta de detalle que tiene la ordenanza. Así, mostró sus dudas al ser “ambiguo en la forma en la que se van a hacer las inspecciones, los criterios para establecer infracciones o el régimen sancionador”.
Estas dudas causaron sorpresa en el resto de bancadas del plenario ya que daban por zanjado el texto pero la concejala de Urbanismo y Vivienda, Eloísa Cabrera, le dejaba abierto el plazo de alegaciones que se abrirá tras la aprobación de la norma, para que Vox presente sus propuestas. Serán 30 días una vez que se publique en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP).
La norma en sí regula las instalaciones de cableado eléctrico y de telecomunicaciones tanto nuevas como existentes en la totalidad del término municipal con la idea de no provocar un impacto en el paisaje arquitectónico urbano, preservando los valores compositivos y estéticos de los edificios.
Según explicó el Ayuntamiento en un comunicado, porque en el debate no se entró a valorar el contenido de la nueva ordenanza, esta cuenta con seis artículos, una disposición adicional y una disposición final siendo la más importante, la que se refiere a la integración paisajística de estos elementos y las condiciones de instalación. En el texto se expone que la localización de líneas eléctricas y demás redes de comunicación y distribución “deberán disponerse de la forma más adecuada a la estética urbana y, preferentemente, mediante canalización subterránea. Se prioriza el despliegue por canalizado subterráneo donde exista”.
Imposibilidad
En los casos en los que no existan canalizaciones subterráneas o no sea posible o razonable su uso por razones técnicas, previa justificación, los operadores podrán efectuar despliegues aéreos siguiendo los previamente existentes como se recoge en la Ley General de Telecomunicaciones.
En el caso de canalizaciones eléctricas, salvo casos de fuerza mayor, se ejecutará por terrenos de dominio público, bajo las aceras o calzadas, preferentemente bajo las aceras.
El cableado, si tiene que discurrir por fachada, irá alojado en el interior de bandejas o canaletas aislantes, que en caso de ser cerradas, dispondrán siempre de tapa desmontable, en el mismo color de la fachada.
Los despliegues aéreos y por fachadas no podrán realizarse salvo en casos justificados de edificaciones del patrimonio histórico-artístico con la categoría de Bien de Interés Cultural (BIC) declarada por las administraciones competentes o que puedan afectar a la seguridad pública, tal y como recoge la Ley General de Telecomunicaciones.
Los pasos aéreos para cruce de calles serán soterrados en todos los casos y se realizará la retirada del cableado en las fachadas que ya no tengan servicio a los clientes (por parte de las compañías suministradoras).
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