Defensa férrea y pruebas débiles: Absolución en el caso de secuestro en El Ejido

Tres hombres fueron acusados de retener a tres menores que vinieron desde la Línea

Celebración de la primera sesión del juicio.
Celebración de la primera sesión del juicio. Víctor Navarro
Víctor Navarro
20:08 • 04 jun. 2024 / actualizado a las 09:40 • 05 jun. 2024

“Ni siquiera tenemos dudas sobre lo ocurrido” inicia la sentencia emanada por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Almería la cual absuelve a Abdelmalek S., Mohamed S. y Jaouad S., quienes estaban siendo juzgados por haber secuestrado presuntamente a tres menores en Las Norias de Daza (El Ejido) el 12 de junio del pasado 2018.



De acuerdo con los hechos juzgados los jóvenes habrían sido conducidos a Almería desde la Línea de la Concepción, y posteriormente retenidos contra su voluntad en un cortijo de la barriada ejidense. Para los tres acusados, ahora absueltos, el Ministerio Fiscal solicitaba una pena de 8 años por un delito de retención ilegal y por otro de lesiones.



Hechos probados El alto tribunal almeriense daba por acreditado que Abdelmalek acudió a la Línea de la Concepción “para recoger a un familiar” que se encontraba en el centro de menores de la localidad gaditana. En la Línea, tres jóvenes le pidieron venir a Almería, y éste accedió al “tratarse de personas de su misma nacionalidad”. Cuando el coche llegó a Almería, los chicos se alojaron en la vivienda de Abdelmalek, pernoctando en un garaje donde estaba teniendo lugar una fiesta para celebrar el nacimiento de la hija del hombre.



De aquel evento participaron amigos, familiares y compañeros de trabajo de los hombres juzgados, los cuales también pasaron la noche en el garaje. Para el tribunal almeriense no consta que los menores “nunca estuvieran privados de libertad”.



Pruebas A la hora de emitir su fallo, la Sección Tercera ha considerado que la prueba practicada en el proceso es “débil”, así como la defensa llevada a cabo por el abogado Nabil El Meknassi fue férrea en sus términos. Probando que el garaje y la vivienda de Abdelmalek estaban conectadas. En las vigilancias se muestra una casa de la que constantemente salían niños con una actividad “normal”.



El Tribunal también dio por acreditado el testimonio de los empleadores de los acusados, quienes “utilizan el garaje a diario para guardar aperos de trabajo”. Imposibilitando la retención de nadie contra su voluntad. Además estos testigos señalaron en la vista oral, que el garaje “podía abrirse desde dentro y desde fuera”.



La Sección Tercera no encontró sustancial el testimonio del testigo protegido (uno de los menores), quien denunciaría el caso a una persona particular en Granada. Para el alto tribunal almeriense, un caso de especial gravedad como un secuestro con lesiones, debería haber más pruebas que lo corroborasen además de haber acudir inmediatamente a la Comisaría de Policía de Almería aponerlo de relieve, “algo que no se hizo”.




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