Ajustándose a lo establecido en la Ley 11/2003, de 24 de Noviembre, de Protección de los Animales en la Comunidad Autónoma de Andalucía, el ayuntamiento de Huércal de Almería ha puesto en marcha el Registro de animales de compañía y potencialmente peligrosos, así como de los centros de todo tipo a ellos dirigidos, en base a la reciente modificación de la Ordenanza Municipal de
Tenencia y Protección de Animales.
El ayuntamiento de Huércal de Almería ha emitido un Bando de Alcaldía informando a la población sobre la puesta en marcha de los registros de animales dirigidos a propietarios y empresas del sector, así como de la obligatoriedad de inscribirse en los mismos.
Mascotas
Los propietarios de mascotas deberán inscribirlas en el registro municipal “en el plazo máximo de tres meses desde la fecha de su nacimiento o en el de un mes desde su adquisición o cambio de residencia, y en cualquier caso, en el plazo de seis meses a partir del 24 de julio de 2.014”.
Para el caso de animales clasificados potencialmente peligrosos, se requiere además “la previa obtención de una licencia administrativa” que será otorgada por el mismo ayuntamiento de Huércal de Almería.
Profesionales Así mismo, deberán solicitar su inscripción en el registro “los albergues, clínicas y hospitales veterinarios, residencias, criaderos, centros de adiestramiento, establecimientos de venta, refugios para animales abandonados y perdidos, establecimientos para la práctica de la equitación, centros de estética y cualesquiera otros que cumplan análogas funciones o en los que de forma permanente se realicen actividades relacionadas con animales de compañía ubicados en el término municipal de Huércal de Almería”, disponiendo, los que ya estén en funcionamiento, de un plazo de seis meses, a partir del 24 de julio, para formalizar su inscripción.
Los modelos de solicitudes pueden obtenerse a través de la página web del ayuntamiento.
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