El tiempo de permanencia en España, cotizar en el país durante años o participar de su programa educativo es, en ocasiones, insuficiente para conseguir la nacionalidad. Los ciudadanos extranjeros interesados en convertirse en españoles se enfrentan a un ‘trivial’ sobre cultura e idioma que, con frecuencia, frena sus aspiraciones. ¿Cómo se llama la mujer del presidente del Gobierno? ¿Con qué comunidades linda Castilla León? ¿Cuántos idiomas oficiales hay en el Estado?
El cuestionario es un quebradero de cabeza para los aspirantes y, en buena medida, un conflicto para los registros civiles. Para acabar con la arbitrariedad en estos interrogatorios, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha preparado un informe técnico donde solicita una aclaración sobre los criterios.
Medir la integración
El Gobierno prepara una reforma del procedimiento y los jueces solicitan al Gobierno que concrete este punto para evitar la indefensión de los ciudadanos y, al mismo tiempo, una riada de peticiones y recursos posteriores (como acreditan las resoluciones del Tribunal Supremo).
Almería mira de cerca el asunto, no sólo por la elevada presencia de inmigrantes entre sus ciudadanos sino también por las cifras de nacionalizaciones. El año pasado se emitieron más de 4.000 informes positivos en la provincia, según estadísticas oficiales del Ministerio de Justicia (el triple que en ejercicio 2012).
No en vano, la inmigración en Almería no es un fenómeno reciente y eso permite que muchos extranjeros hayan cubierto los diez años de estancia legal en el país necesarios para optar a la consecución de la nacionalidad. Por tanto, se trata de una cuestión de plena actualidad e interés en la provincia. La reforma que prepara el Gobierno (un reglamento) apunta requisitos como la buena conducta y la suficiente integración social. Sobre el primero, un expediente limpio de antecedentes penales o policiales puede servir como elemento objetivo de prueba. Sin embargo, el segundo aspecto es más laxo y genera “un elevado grado de conflictividad”, según aprecia el propio CGPJ.
Trabas
Un informe elaborado por la vocal Nuria Nuria Díaz Abad conmina al Ejecutivo a aclarar los “elementos esenciales que definan la evaluación de los conocimientos de la lengua y la cultura españolas exigidos para valorar el grado de integración en la sociedad de los solicitantes, dado el carácter esencial que superar esa prueba tiene para adquirir la nacionalidad”. Esto es, cómo se demuestra la integración real de un ciudadano.
Las organizaciones sociales han criticado duramente el modelo actual. Entidades como Almería Acoge han denunciado la desprotección de ciudadanos residentes en el país desde hace décadas, con empleo, cotizantes, que quedan excluidos de la nacionalización por presuntamente no superar la prueba de españolidad. Además, llaman la atención sobre la ausencia de un cuestionario-tipo. Y es precisamente la arbitrariedad la que los jueces quieren ahora frenar.
De forma simplificada, la nacionalidad española puede adquirirse a través de cincomecanismos: por residencia (10 años de estancia legal en el país), por matrimonio (un año), por carta de naturaleza (a dedo, común en deportistas), por opción (hijos con padres de distinta nacionalidad) y por nacimiento (nacidos de padre o madre español).
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