Aunque nadie que tenga un animal lo consideraría así, para el Código Civil, la ley Hipotecaria o la Ley de Enjuiciamiento Civil los animales siguen teniendo la condición jurídica de cosas y por eso pueden ser embargados por impago o incluidos en herencias sin otra consideración que su valor monetario.
Una concepción anclada en una legislación del siglo XIX que el Congreso quiere cambiar votando hoy, previsiblemente con un respaldo unánime, una iniciativa del PP para otorgar por ley a los animales el estatus jurídico de seres vivos dotados de sensibilidad.
El texto pretende, por ejemplo, que se regule el destino de las mascotas en caso de divorcio, primando tanto el interés de los miembros de la familia como el propio bienestar del animal, previendo incluso una suerte de custodia compartida, para repartir los tiempos de convivencia entre los excónyuges. También se propone que los animales domésticos no puedan ser embargados ante impagos de rentas por parte de sus dueños o que se les incluya en pactos de extensión de la hipoteca.
La consideración jurídica de seres vivos con capacidad de sentir vincula también a los dueños a la hora de respetar la condición de ser vivo sujeto de derechos en la relación que mantienen con los animales de compañía. En esa medida, deberán atender siempre el bienestar animal, "evitando situaciones de maltrato, abandono o la provocación de una muerte cruel e innecesaria".
Hace unos meses el Congreso ya aprobó por unanimidad una proposición no de ley de Ciudadanos con un contenido similar. Con la previsible toma en consideración de la iniciativa de hoy, ya con rango de proposición de ley, el Congreso dará así el primer paso para que España se equipare a la legislación de otros países de nuestro entorno como Alemania, Francia, Suiza o Portugal.
Consulte el artículo online actualizado en nuestra página web:
https://www.lavozdealmeria.com/noticia/18/actualidad/143138/votacion-para-considerar-a-los-animales-seres-vivos-y-no-cosas