El Tribunal Constitucional (TC) ha asegurado que el Parlament de Cataluña pretendía “cancelar” de nuevo la Constitución y el Estatuto de Autonomía con las resoluciones aprobadas los pasados meses de julio y septiembre para reafirmar su compromiso con el derecho a la autodeteminación y que han sido recientemente anuladas por el tribunal de garantías.
En dos autos, cuyo fallo fue adelantado hace dos días, el Pleno del Tribunal Constitucional acordaba por unanimidad estimar los incidentes de ejecución presentados por el Gobierno de Pedro Sánchez y anula los apartados de la resolución “sobre las propuestas para la Cataluña real”, aprobada el 25 de julio de 2019, y de la relativa a la “orientación política general del Govern” del pasado 26 de septiembre, en las que se insistían en el derecho a la autodeterminación. Lo hace al entender que contraviene lo establecido en su sentencia del 2 de diciembre de 2015 en la que declaró inconstitucional la Resolución 1/XI del Parlamento de Cataluña de 9 de noviembre de 2015 “sobre el inicio del proceso político en Cataluña como consecuencia de los resultados electorales de 27 de septiembre de 2015”, la primera iniciativa sobre el proceso independentista que fue admitida a trámite por la Mesa del Parlament. También considera que no se ha dado cumplimiento a los autos dictados en 2016 y 2017 que estimaron incidentes de ejecución de dicha sentencia promovidos por el Ejecutivo.
Constitución
Así, los autos que se dieron a conocer ayer -de los que ha sido ponente el magistrado Andrés Ollero- explican que la aprobación de ambas resoluciones no solo “desatienden los reiterados pronunciamientos y advertencias de este tribunal”, sino que “pretende de nuevo cancelar de hecho, en el territorio de Cataluña y para todo el pueblo catalán, la vigencia de la Constitución, del Estatuto de Autonomía y de cualesquiera reglas de derecho que no se avinieran o acomodaran al dictado de su nula voluntad”. “Se ha situado por completo al margen del derecho, ha entrado en una inaceptable vía de hecho”, añaden.
En este sentido, el magistrado del TC destaca que, “en frontal contradicción” con la sentencia de diciembre de 2015, el Parlament reitera declaración independentista del 9 de noviembre de 2015 para insistir en proclamarse “parlamento plenamente soberano”. Así, entiende que con la reafirmación y ratificación del “compromiso” de ejercer “de manera concreta el derecho a la autodeterminación como instrumento para alcanzar la independencia de Cataluña”, vuelve a “desvincularse de la primacía incondicional de la Constitución”. El TC señala que el Parlament conocía las resoluciones mencionadas, así como las reiteradas advertencias expresas a su presidente, Roger Torrent, y a los miembros de la Mesa de su deber de impedir o paralizar cualquier iniciativa que suponga “alterar unilateralmente el marco constitucional”.
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