Las actividades permitidas y las restricciones en la Fase 0 del desconfinamiento

La primera etapa del desconfinamiento comienza en toda España el lunes 4 de mayo

Una madre con su hija sentada a la orilla del río Guadalquivir con el barrio de Triana al fondo.
Una madre con su hija sentada a la orilla del río Guadalquivir con el barrio de Triana al fondo. Europa Press
Europa Press
00:28 • 29 abr. 2020

El Gobierno ha difundido este martes su previsión del levantamiento progresivo de las restricciones adoptadas para combatir la pandemia de Covid-19, advirtiendo de que la previsión es orientativa y no exhaustiva.



El documento del Gobierno, que puede consultar AQUÍ, añade que cualquier actividad permitida "deberá desarrollarse en condiciones de seguridad, autoprotección y distanciamiento social" y que "el uso de las mascarillas fuera del hogar es conveniente y altamente recomendable cuando no pueda garantizarse el distanciamiento social".



Además, se deberá facilitar la disponibilidad y el acceso a soluciones hidroalcohólicas y todos los locales y su equipamiento de deberán ser periódicamente desinfectados e higienizados.



Con carácter general, hasta después de la fase III no se permitirán viajes entre provincias salvo por las causas justificadas. Una vez en la etapa de nueva normalidad, se podrá viajar entre provincias cuando ambas hayan superado la fase III.



Los viajes que se efectúen, cualquiera que sea el medio de transporte, deberán hacerse para la realización de las actividades permitidas. No se incluyen medidas sobre movilidad aérea, que estará sujeta a un acuerdo europeo o internacional en materia de seguridad.



Estas serán las actividades permitidas:



Fase cero (a partir del 4 de mayo)



- Ambito laboral: teletrabajo preferente, en las empresas y puestos donde sea posible. Escalonamiento en la entrada y

salida de centros de trabajo.


- Ambito personal: junto a la posible adopción de medidas extraordinarias adicionales en las islas que ya estén en condiciones de acceder a la Fase I, paseos de niños, mayores y convivientes.


Atención de huertos familiares, de autoconsumo, municipales, siempre que estén en el mismo término municipal que el del domicilio, o uno adyacente y se adopten las debidas precauciones higiénicas o de distanciamiento social.


Gestión de la movilidad (flexibilidad de hora punta, etcétera) para evitar aglomeraciones. Refuerzo de mensajes y cartelería en zonas con posibles aglomeraciones (estaciones de tren, autobús, paradas de metro y autobús, aeropuertos, puertos) recordando distancia de seguridad, medidas de higiene. Recomendación alta de mascarilla en transportes públicos y todo tipo de actividades fuera del hogar.


- Servicios sociales: Se completará la incorporación de trabajadores sociales dada su importancia en la protección de colectivos especialmente vulnerables.


- Educación: Se fomentará la educación online o a distancia.


- Comercio minorista y servicios: Apertura de locales y establecimientos con cita previa para la atención individual de los clientes. Estos locales deberán contar con mostrador, mampara o, cuando esto no sea posible, garantizar el máximo de protección individual. Se establecerá un horario de atención preferente para personas mayores de 65 años.


Cuando el servicio profesional requiera tener contacto con el cliente será obligatorio el uso de medidas de protección como mascarilla o guantes.


- Restaurantes y cafeterías: Apertura de restaurantes y cafeterías con entrega para llevar. Sin consumo en el local.


- Hoteles y alojamientos turísticos: No se permite actividad salvo excepciones ya reguladas.


- Actividades culturales y de ocio: Apertura de archivos.


- Deporte profesional y federado: Entrenamientos individuales de profesionales y federados. Entrenamiento básico de ligas profesionales. Actividad deportiva sin contacto.


- Deporte no profesional: Actividad deportiva sin contacto (montar en bici, correr, patinar, surf, etc.) siempre que se haga de forma individual y con la protección adecuada (distancia, mascarilla en deportes no acuáticos, cuando sea posible).


- Movilidad urbana y periurbana: Incremento progresivo de frecuencias en el transporte público, especialmente en hora punta. Preparación de planes de movilidad reforzada, incluyendo gestión de la demanda. En la distribución de la ocupación se prestará especial atención a la habilitación de espacios para personas con discapacidad.


- Movilidad terrestre de media y larga distancia (tren y autobús): Mantenimiento de las condiciones actuales (limitación de número de servicios al 30% respecto al periodo normal). Especial atención a la habilitación de espacios para personas con discapacidad.


- Transporte marítimo: Mantenimiento de las condiciones actuales. Especial atención a la habilitación de espacios para personas con discapacidad.


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