Sánchez anuncia que ya hay fecha para cobrar la renta mínima vital

Dependerá del número de miembros de cada hogar y empezará a cobrarse el próximo mes de junio

Sánchez confirma que el Consejo de Ministros aprobará la próxima semana el ingreso mínimo vital.
Sánchez confirma que el Consejo de Ministros aprobará la próxima semana el ingreso mínimo vital. La Voz
La Voz
14:53 • 23 may. 2020

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha confirmado que el Ejecutivo va a aprobar la próxima semana el Ingreso Mínimo Vital en Consejo de Ministros, un anuncio que ya había avanzado este lunes el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá.



"Es una medida histórica para que nadie se quede atrás", ha manifestado este sábado el presidente del Ejecutivo durante su comparecencia en rueda de prensa telemática desde La Moncloa.



En este sentido, Sánchez ha explicado que "será una prestación habitual, permanente, que ya existe en otros países de Europa, para reducir la tasa de pobreza". La cuantía del Ingreso Mínimo Vital, según ha destacado Sánchez, dependerá del número de miembros de cada hogar y empezará a cobrarse el próximo mes de junio. El Gobierno, prevé que llegue a un millón de hogares, la mitad de ellos sin con niños, y será una prestación de la Seguridad Sociales, según ha indicado.



Para el presidente del Gobierno, "es vital frenar y reducir la pobreza, especialmente la pobreza infantil". "El Gobierno no va a mirar para otro lado mientras nuestros compatriotas forman colas para comer", ha sentenciado.



Quién y cómo podrá solicitar la prestación






Dentro de las unidades de convivencia que podrían beneficiarse de esta prestación, entran los hogares unipersonales, los conformados por dos o más personas mayores de edad sin hijos y los núcleos familiares de dos o más adultos con menores a cargo. Asimismo, el Gobierno contempla que las víctimas de violencia machista que se hayan visto forzadas a abandonar su domicilio habitual puedan acceder al ingreso mínimo vital, por lo que también se considera unidad de convivencia aquella "en la que exista una persona que, habiendo sido víctima de violencia de género haya abandonado su domicilio habitual".



Uno de los requisitos indispensables para poder acceder a esta ayuda está relacionado con "tener residencia legal y efectiva en España, y haberla tenido de forma continuada e ininterrumpida durante al menos el año anterior a la fecha de presentación de la solicitud". Esta circunstancia se deberá acreditar con el registro central de extranjeros o el respectivo documento que demuestre la condición de residente legal, tal y como se deduce del documento. Además, el beneficiario deberá ser mayor de 23 años, salvo que tenga al menos un menor de edad a su cargo y menor de 65 años. Si no tiene menores a cargo, deberá haber vivido de forma independiente durante al menos tres años antes de la solicitud de esta renta mínima vital.


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