La Consejería de Fomento y Vivienda ha sancionado con 5,82 millones de euros al Banco Popular y con 120.000 al Banco Sabadell por incumplimiento de la función social de sus viviendas en Andalucía. Ambas entidades han incumplido la obligación legal de ofrecer sus viviendas protegidas a los registros municipales de demandantes.
Esta obligación fue establecida por el artículo 20m de la Ley de Vivienda Protegida, que fue introducido en su actual redacción por la Ley de Función Social de la Vivienda. En el caso del Popular, el número de viviendas sin ofrecer a los registros que ha acreditado la Consejería es 97; en el caso del Sabadell, dos. La sanción es de 60.000 euros por vivienda, al constituir cada omisión del deber de cederla al registro una infracción muy grave de la Ley de Vivienda Protegida.
En total, se trata de 99 VPO que no han sido ofrecidas a los registros municipales, que establecen los mecanismos de selección para la adjudicación de inmuebles de protección pública y señalan los requisitos socioeconómicos para el acceso a los mismos bajo principios de igualdad, publicidad y concurrencia. “Una vivienda protegida se ha construido con dinero público y debe tener siempre como destinataria una familia que la necesite y cumpla los requisitos. Las VPO no pueden servir a fines especulativos”, ha afirmado Elena Cortés, consejera de Fomento y Vivienda. “La protección y garantía del derecho a la vivienda es nuestra principal prioridad”, ha afirmado Cortés.
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