Tras varios años de litigios, la Audiencia Nacional ha emitido una sentencia contra la valoración catastral de los terrenos del Parque Científico-Tecnológico de Almería (PITA) y sus efectos tributarios. La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha dictaminado dando la razón a las reivindicaciones que desde 2008 se han hecho desde la entidad gestora del Parque, debido al excesivo valor que por parte de la Gerencia del Catastro se había asignado al conjunto de los suelos.
Para el director del PITA, Antonio Domene Carmona, esta sentencia supone un revulsivo para la instalación de nuevas empresas. “Hemos conseguido que el Catastro tenga que volver a calcular el valor conforme a unos criterios urbanísticos coherentes, lo que llevará a una rebaja considerable en la tributación del IBI”, explica.
El proceso judicial ha sido llevado a cabo por el letrado Pedro Mario Fernández Cabrera de Lealtadis Abogados, logrando un dictamen pionero en la corrección de los valores catastrales. “El suelo estaba catalogado como urbano en su totalidad, sin distinguir si se encontraba ordenado o no.
Cuando fue aprobada la ponencia de valores, no estaba aún aprobado el Plan Parcial, y por tanto, debió considerarse catastralmente a los suelos como rústicos”, Asimismo, Gerencia del Catastro “erróneamente” había obviado que en la fijación de los valores, la descripción debe atender a las características físicas, económicas y jurídicas de los bienes, ya que no pueden superar el valor de mercado, indica.
El Parque tiene una superficie de un millón de metros cuadrados, de los que la mitad son espacios libres.
Las parcelas están sectorizadas dependiendo su uso: producción, servicios tecnológicos y servicios comunes; y se encuentran a la venta a partir de 1.000 metros cuadrados, contando con los servicios generales de la entidad gestora. El suelo está totalmente urbanizado y listo para su ocupación, sin complejos trámites administrativos.
Existe la posibilidad de varias opciones de adquisición, desde la compra hasta el alquiler o el derecho de superficie por medio de un canon anual para construir en parcela y tener opción a una operación final de transacción.
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