Plazos para recuperar los gastos hipotecarios

Reclamar los gastos de hipoteca sigue siendo posible, la sentencia del TJUE, es clara

Gracia Mª Herrera, abogada economista.
Gracia Mª Herrera, abogada economista. La Voz
Pablo Poza
00:00 • 17 mar. 2024

El pleno de la Sala Primera del Tribunal Supremo, tras la deliberación del recurso de casación 1799/2020, mediante auto de 22 de julio de 2021, planteó cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre el comienzo del plazo de prescripción de la acción de restitución de las cantidades pagadas por el consumidor como consecuencia de la declaración de nulidad de una cláusula sobre gastos hipotecarios.



 



Este 25 de enero de 2024 hemos conocido la sentencia del TJUE de una de las cuestiones prejudiciales sobre las que tenía que pronunciarse Europa respecto a los plazos de prescripción de las reclamaciones de gastos de formalización de hipoteca. Y las noticias son muy positivas, pues Europa se vuelve a posicionar del lado de los consumidores. 



 



De la mano de la abogada economista Gracia Mª Herrera Delgado, Herrera Asesores en Almería, un despacho de consolidada experiencia en Bilbao y Vitoria, especialistas en el asesoramiento jurídico, fiscal, laboral y de extranjería, asesoran e informan sobre los plazos y como reclamar los gastos de tu hipoteca.



 



Lo más importante es que pese a que se publicó en algunos medios y por la OCU que había un plazo de prescripción de 5 años, esto no es así y es imprescriptible por ser nulidad de pleno derecho y se pueden seguir reclamando los gastos de hipoteca.



 

El TJUE indica en la sentencia que “no puede iniciarse antes de que el consumidor tenga conocimiento de los hechos determinantes del carácter abusivo de la cláusula contractual con arreglo a la cual se efectuaron esos pagos, no exige que el consumidor conozca no solo tales hechos, sino también su valoración jurídica, que implica que el referido consumidor conozca también los derechos que le confiere la Directiva 93/13”.

 

El TJUE, que como ya sabemos, no se opone a la prescripción de la acción relativa a la restitución de los gastos hipotecarios, ha sido contundente estableciendo que ese plazo debe empezar a contar cuando el consumidor conoce que la cláusula de gastos es abusiva y sus efectos.

 

Podemos reclamar los gastos de nuestra hipoteca, nos dicen desde Herrera Asesores concretamente, los gastos del Registro de la Propiedad, de la gestoría, de la tasación, de la notaría (al 50% con el banco), de la comisión de apertura y también del interés legal.

 

"Es fundamental estudiar cada caso individualmente", destaca Gracia Herrera, quien invita a que cualquier interesado pueda obtener información de forma gratuita en el despacho de, Herrera Asesores. "El proceso comienza al presentar una reclamación al servicio de atención al cliente de la entidad financiera para que quede constancia de ello. En nuestro despacho nos encargamos de todo este proceso, y con la nueva sentencia del TJUE, los años de constitución de la hipoteca ya no tienen importancia".

 

Una buena noticia para los que tengan una hipoteca y más teniendo en cuenta los intereses que actualmente se están pagando.


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