El TSJA da la razón a la promotora del Puerto Deportivo de Carboneras

Marina de San Andrés y la Junta tienen ahora via libre para desarrollar el proyecto

Foto de archivo del Puerto de Carboneras.
Foto de archivo del Puerto de Carboneras. La Voz
Manuel León
13:36 • 18 dic. 2024

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha dado la razón a la mercantil Marina de San Andrés y a la Junta de Andalucía en el contencioso que mantienen con la Asociación de Afectados por el Puerto de Carboneras. Mediante escrito presentado el pasado 11 de noviembre, por la mercantil se solicitó el amparo del Tribunal contra el recurso presentado por la Asociación de Afectados por esta infraestructura. La parte demandante se consideraba legitimada para solicitar la anulación del expediente de modificación del contrato de la obra y que se someta  a licitación un nuevo proyecto con fundamento. 



Examinado el escrito presentado al Tribunal por Marina de San Andrés, éste se fundamenta en que la Asociación de Afectados por el Puerto de Carboneras no tiene legitimación activa. Dice el Tribunal que “como pone de manifiesto la Agencia Pública de Puertos de Andalucía, dependiente de la Junta de Andalucía, la Asociación de Afectados no concurrió a la licitación del contrato de concesión de obras controvertido ni tiene capacidad para optar a tal licitación”. Y añade la sentencia del alto tribunal andaluz que “es reiterada la jurisprudencia que niega la legitimación a quien ejerce un interés abstracto o un mero interés en defensa de la legalidad. Por otro lado, se ha negado legitimación a quienes no licitaron, por lo que en esta caso concreto se concluye que la Asociación está ejerciendo una pretensión de mera defensa de la legalidad, esto es, una acción pública que no está prevista para la contratación pública”.



Contra esta sentencia de los magistrados del TSJA, Luis Angel Gollonet, Antonio Cecilio Videras y Jesús Rivera, cabe interponer recurso de casación. Los afectados han venido esgrimiendo que si se permite al contratista que comience las obras ya será imposible que se sometan a licitación como dice la Ley. 



Consideran que la reducción de amarres beneficia a la mercantil concesionaria con un aumento en los precios y una bajada de los atraques y de los barcos de menor eslora. Esta sentencia tumba sus pretensiones.







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