El TSJA acepta la demanda por los sondeos mineros en el Cabo de Gata

Ha aceptado requerir información a la Comisión Europea (CE) sobre el particular

Miembros de la plataforma creada contra los proyectos mineros en el Parque Natural de Cabo de Gata.
Miembros de la plataforma creada contra los proyectos mineros en el Parque Natural de Cabo de Gata.
Europa Press
11:47 • 23 jun. 2016

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha aceptado una prueba solicitada por el colectivo Amigos del Parque Natural de Cabo de Gata-Níjar en la causa por el rechazo de la Junta a estimar el recurso de alzada de la asociación contra la resolución para sacar a concurso sondeos mineros en terrenos enclavados en este espacio de la provincia de Almería.




Según el colectivo, la Sala ha dictado una providencia por la cual ha aceptado requerir información a la Comisión Europea (CE) sobre el particular, después de que en una demanda la agrupación ampliara el razonamiento ya expuesto en recurso administrativo, planteando una posible “colisión constitucional”. También recibieron respuesta de la propia CE, a la que remitieron una queja por este asunto.




El colectivo ya presentó un escrito ante la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, que tiene las competencias para hacer que se aplique el Plan de Ordenación de Recursos Naturales (PORN) del parque, en el que le urge a paralizar “este tipo de autorizaciones de minería que no son compatibles” con esta normativa y a requerir a la Consejería que lo ha aprobado a que proceda al “inmediato archivo de todos los expedientes que tengan por objeto la investigación y/o explotación de recursos mineros” en el espacio.




Los terrenos declarados francos para los sondeos mineros, que contienen caolín, bentonita, arcillas y rocas bituminosas, se encuentran bajo protección de la Directiva Hábitat y se consideran, por tanto, lugar de interés comunitario (LIC).
Amigos del Parque también detallaba que el artículo 5.3.11 apd 3.a) del PORN de Cabo de Gata en vigor desde 2008 contiene "una prohibición expresa de concesión de nuevos permisos de investigación y de aprovechamiento de recursos mineros ni geológicos.
 








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