La quema incontrolada de rastrojos continúa siendo una práctica habitual en la provincia. Un fuego provocado que puede acabar con su autor condenado a pena de cárcel cuando las llamas escapan de su control y acaban arrasando hectáreas de superficie.
Es lo que le ha ocurrido a un vecino de Olula del Río de 52 años condenado a nueve meses de prisión. El Juzgado de lo Penal Número 3 de Almería ha condenado al autor del fuego por un delito de incendio forestal por imprudencia grave después de que quemara unos rastrojos tras la poda de unos olivos en un lugar cercano a un monte y alejado de sus propias tierras.
Indemnización y coste
La sentencia, sobre la que cabe recurso ante la Audiencia Provincial de Almería, considera probado que el acusado se encontraba en su finca ubicada en el paraje de La Mulica de la localidad olulense llevando a cabo una quema de rastrojos que había iniciado en dicha parcela desde unos días antes con otras quemas en bancales inferiores a la misma finca. Así, pasado el mediodía del día 6 de abril del año 2014, el acusado realizó una “gran hoguera” en el bancal superior de sus tierras “y más cercano al monte o masa forestal”, lo que hizo que “por la acción del viento y la temperatura del día” señalado se prendiese fuego a unos materiales contiguos.
Ante esta situación, las llamas se propagaron rápidamente sobre la vegetación existente y calcinaron 1,7470 hectáreas de superficie forestal, lo que obligó a que efectivos del plan de lucha contra los incendios forestales, el Plan Infoca, a intervenir para sofocar el fuego. La operación tuvo un coste de 772,15 euros que deberá abonar al Gobierno andaluz en concepto de indemnización.
La juez apunta la “gran irreflexión y ligereza” con la que actuó el acusado "siendo el riesgo de incendio alto por la época del año y las condiciones meteorológicas del día, sin haber solicitado la correspondiente y obligatoria autorización administrativa para poder llevar a cabo dichas quemas”, “sin haber establecido ninguna medida de seguridad” ni “una línea perimetral de defensa”, así como tampoco “una vigilancia permanente sobre la quema” o “limpiar la zona” de forma previa a esta práctica.
Irreflexión y ligereza
Asimismo, la juez estima la versión ofrecida por los agentes que actuaron acerca de a existencia de restos de poda procedentes de los olivos de la finca del acusado, quien negó ser el autor del fuego y apuntó a un presunto “botellón de unos zánganos” que “hacían en sus tierras”, aunque no se encontraron restos de botellas en el foco del fuego, así como a los “pastores” que pasaban por su finca.
El fallo del Juzgado también condena al acusado al pago de 268 euros por los desperfectos causados en una parcela propiedad de tres hermanas, a las que también deberá indemnizar, así como a una multa de 1.620 euros a razón de una cuota diaria de seis euros durante nueve meses. Entre las medidas obligatorias para la quema figura su comunicación a la Oficina Comarcal Agraria, la realización de un cortafuegos perimetral y la vigilancia permanente hasta dos horas después de finalizada la quema, entre otros requisitos.
Antonio Martínez, delegado de Medio Ambiente: “La concienciación está siendo positiva”
El delegado provincial de Medio Ambiente ha valorado lo que considera como una “muy buena acogida” de la campaña de concienciación sobre los riesgos de las quemas incontroladas. “Entendemos que ese trabajo de concienciación que realiza la Junta está siendo positivo y acogido por la gente. No ha habido graves problemas este aña”, ha explicado Antonio Martínez al ser preguntado por los incendios con motivo de esta práctica. Así, subraya los “buenos datos” conseguidos “por el Infoca” y “gracias a la concienciación desde el punto de vista de la ciudadanía” a pesar de que el periodo prohibición se ha extendido este año.
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