Cuevas del Almanzora

El ‘no’ del Consejo Nuclear a limpiar Palomares llega a la Audiencia Nacional

Recurso tras el rechazo del CSN a dar una solución al suelo radiactivo hasta que lo haga EEUU

La zona contaminada está vallada y con el acceso restringido.
La zona contaminada está vallada y con el acceso restringido.
E. de la Torre / E. Press
21:39 • 05 abr. 2017

Ecologistas en Acción ha interpuesto un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional contra la resolución del Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) que denegó la clausura de la instalación nuclear y el área contaminada de Palomares, en Cuevas del Almanzora, y rechazó que, hasta que EEUU retire los residuos, se procediese al acopio provisional de la tierra radioactiva que aún perdura como consecuencia de la contaminación provocada por la caída accidental en 1966 de cuatro bombas termonucleares procedentes de un bombardero estadounidense.




El escrito, elevado al Juzgado Central de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional este lunes y consultado por Europa Press, impugna el acuerdo del regulador atómico, que comunicó en febrero al colectivo conservacionista en la que afirma que “no ha lugar para la solución provisional” que planteaban ya que esta, según explicó, “no se correspondería ni con los principios” del Reglamento sobre Protección Sanitaria contra Radiaciones Ionizantes, “ni con los preceptos y actuaciones que se establecen” en el Reglamento sobre Instalaciones Nucleares Radioactivas.




Fijar plazos
 Ecologistas en Acción pidió al CSN que ordenase la clausura de la instalación nuclear y el área contaminada de Palomares con fijación de plazo para llevarla a efecto, y que, a la espera de encontrarles un almacenamiento definitivo en ejecución del acuerdo entre España y EEUU, procediese al almacenamiento provisional de los 6.000 metros cúbicos de tierra contaminada obtenidos tras el tratamiento de los 50.000 metros cúbicos previstos en el Plan de Rehabilitación de Palomares aprobado por el CSN el 5 de mayo de 2010.




Por su parte, el regulador atómico argumentaba que el de Palomares es un caso de “exposición perdurable”, por lo que sería de aplicación el artículo 58 del Reglamento sobre Protección Sanitaria contra Radiaciones Ionizantes que dispone que, en caso de intervención en este tipo de situaciones, y en función de los riesgos que entrañe la exposición, la autoridad competente, previo informe del Consejo, deberá delimitar la zona afectada; aplicar un sistema de vigilancia de las exposiciones; realizar las intervenciones oportunas teniendo en cuenta las características de la situación y regular el acceso y el uso de los terrenos o edificios situados dentro de la zona delimitada.




El CSN remarcaba que los estudios radiológicos y los programas de vigilancia establecidos para la zona de Palomares “son adecuados y eficientes” de acuerdo al informe que realizó en 2010 un equipo de inspectores de la UE y subrayaba que la “solución definitiva al problema” pasa por la ayuda de Estados Unidos a España.




En manos de Estados Unidos
“La ayuda de EEUU a España para gestionar los residuos radioactivos generados por las medidas de restauración de los terrenos contaminados se consideran primordiales para aportar una solución definitiva a este problema ya que España no tiene instalaciones para almacenar de forma definitiva estos materiales contaminados por plutonio”, apunta el informe del CSN.
 






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