Zurgena

Un extécnico y el Ayuntamiento tendrán que pagar 650.000 euros a compradores de casas ilegales

La indemnización es para siete parejas de ciudadanos británicos por los perjuicios que se les ocasionó

Exterior del Ayuntamiento de Zurgena.
Exterior del Ayuntamiento de Zurgena.
Europa Press
13:08 • 12 jul. 2017

La Audiencia Provincial de Almería ha condenado a un extécnico municipal y al Ayuntamiento de Zurgena a pagar un total de 648.992,61 euros a siete parejas de ciudadanos británicos por los perjuicios que se les ocasionó con la concesión de licencias ilegales de obra para las viviendas que adquirieron mediante contrato de compraventa pero que no se edificaron, ya que se proyectaron sobre suelo no urbanizable en el paraje Los Cabreras del municipio.




La Sección Tercera estima el recurso de apelación que interpusieron los afectados contra la sentencia del Juzgado de lo Penal 4 de Almería, que sí bien condenó a C.D.B.F. por un delito de prevaricación, entendió que los daños reclamados eran consecuencia de un delito contra la ordenación del territorio por el que fueron absueltos los promotores de las viviendas, y no del delito de prevaricación "al tratarse este de un delito de mera actividad".




En su resolución, de 30 de junio y consultada por Europa Press, el tribunal indica que "no" puede "estar de acuerdo con esa conclusión jurídica" y sostiene que "sin el informe técnico favorable ilícitamente emitido" por el arquitecto municipal "no se hubiese comenzado la construcción de la obra, ni se hubiesen suscrito los contratos de compraventa, ni hubiesen desembolsado los compradores las cantidades reclamadas por haber sido satisfechas y no recuperadas, lo que no se discute, para la adquisición de unas viviendas que no llegaron a construirse".




"Como consecuencia de su conducta, penalmente sancionada, los recurrentes han sufrido un perjuicio económico ya que emitió un informe favorable a la concesión de licencia de obras solicitada pese a conocer que la catalogación de suelo como no urbanizable, lo que impedía la construcción de viviendas, y en base a ese informe los miembros de la corporación municipal voto a favor en el pleno celebrado el 3 de enero de 2005", subraya el fallo, contra el que no cabe recurso.




La Audiencia Provincial señala a C.D.B.F. responsable civil directo al ser "evidente que existe un nexo causal ininterrumpido entre la emisión del informe y el perjuicio patrimonial sufrido por los compradores" pero declara, asimismo, al Ayuntamiento de Zurgena responsable civil subsidiario ya que, según remarca, el acusado "trabajaba para él como asesor técnico en materia urbanística".




Alude, en esta línea, que el Tribunal Supremo (TS) ha reiterado la responsabilidad civil de carácter subsidiario de aquellas "personas, empresas o entidades, públicas o privadas, por los delitos cometidos por quienes hayan sido contratados por ellos, hayan sido sus empleados, o hayan sido sus dependientes".




"Más en concreto, -ahonda la Sección Tercera- por quienes hayan sido, o sean, autoridad, agente, funcionario público -como es el caso- o contratado laboral, al servicio de un ente público, siempre que el delito se haya realizado dentro de sus funciones, siendo el perjuicio consecuencia directa del servicio o la labor encomendada, como se ha producido en este supuesto, según lo hemos razonado".




Como consecuencia de ello, la Audiencia Provincial reconoce el derecho de los perjudicados por la adquisición de estas viviendas promovidas por la mercantil New Medina Villas SL en el marco de un residencial de 94 inmuebles en el paraje de Los Cabreras a ser indemnizados con cuantías individuales que van desde los 59.999,96 euros a los 103.988 euros.


En el mismo procedimiento en el que fue condenado C.D.B.F., también condenado por conformidad en la macrocausa por corrupción urbanística ´Costurero´, fueron absueltos los integrantes de la corporación municipal encabezada por el exalcalde Cándido Trabalón y el exconcejal de Urbanismo, Manuel Tijeras, y los administradores de la promotora.



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