Carboneras

Archivada una denuncia de Greenpeace contra el alcalde de Carboneras por el Algarrobico

El TSJA no aprecia un delito de desobediencia por a clasificación del suelo

Playa de El Algarrobico y el hotel construido en la finca.
Playa de El Algarrobico y el hotel construido en la finca.
Europa Press
18:13 • 18 dic. 2017

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha archivado una nueva denuncia de Greenpeace contra el alcalde de Carboneras, Salvador Hernández (Gicar), al considerar que no ha incurrido en un delito de desobediencia, tal y como argumentaba el grupo ecologista, en relación a la clasificación del suelo en el que se asienta el hotel de El Algarrobico como no urbanizable en el plan general de ordenación urbana (PGOU).

En un auto dictado el pasado 12 de diciembre, consultado por Europa Press, la Sala de lo Contencioso-administrativo apunta que a través de su fallo dictado en junio de 2012, la Junta de Andalucía ya publicó una resolución en el BOJA el 6 de noviembre de ese mismo año con la que rectificaba el nivel de protección medioambiental del sector ST-1 de El Algarrobico como zona C1 en el plan de ordenación de los recursos naturales (PORN).

"El Plan de Ordenación de Recursos Naturales es norma de rango superior al Plan General de Ordenación Urbana, de modo que el ajuste de este a aquel es un deber normativamente establecido, y, por tanto, su inobservancia no cabe calificarla como un supuesto de incumplimiento", determina el Alto Tribunal andaluz en su resolución.

Igualmente, al tribunal le consta la "total ejecución de la sentencia" dictada en 2012 para devolver el grado de protección con el que contaba la zona a través del PORN de 1994, según se desprende del informe de 26 de mayo de 2017 emitido por la Secretaría General Técnica de la Consejería de Medio Ambiente y Organización del Territorio.

No obstante, aunque el TSJA afirma que la solicitud de Greenpeace para que aperciba al alcalde si no clasifica como no urbanizable los suelos de El Algarrobico "excede del ámbito de la presente ejecutoria", deja la puerta abierta para que, en su caso, se puedan ejercer acciones administrativas o jurisdiccionales de forma separada que conlleven el cambio que reclama la organización conservacionista.

Greenpeace volvió a recriminar ante el tribunal el pasado 29 de noviembre que el Ayuntamiento de Carboneras no hubiera "adaptado todavía el PGOU al PORN" pese a la última sentencia dictada por el Tribunal Supremo (TS) el 20 de noviembre de este año, en la que volvía a sentenciar que el sector ST-1 del paraje de El Algarrobico, donde se levanta el hotel de Azata del Sol, y su adyacente ST-2, donde también se preveía desarrollo urbanístico residencial, son espacio protegido no urbanizable.

En este caso, la sentencia del Supremo respondía al recurso interpuesto por el Ayuntamiento de Carboneras contra la resolución que dictó en mayo de 2016 el TSJA y que validó el Plan de Ordenación de Recursos Naturales (PORN) del parque natural de Cabo de Gata-Níjar aprobado por la Junta en 2008 a excepción de lo referente a los sectores ST-1 y ST-2 a los que dio el nivel de protección con el que contaban en el PORN anterior, de 1994.

En declaraciones a Europa Press, el alcalde de Carboneras ha trasladado su "satisfacción" por la desestimación del recurso y el archivo de las actuaciones contra él, toda vez que ha manifestado su "respeto a las resoluciones judiciales".











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