El Tribunal Supremo ha confirmado la pena de 11 años de prisión a la que fue condenado un hombre que abusó sexualmente en varias ocasiones de una menor de 13 años que había sido la novia de su hijastro.
El Alto Tribunal resuelve en su sentencia, consultada por Europa Press, que no ha lugar a la admisión del recurso de casación que interpuso el acusado contra el fallo que dictó la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Almería.
Cartas sexuales
Los hechos, que ocurrieron en una localidad de la comarca del Valle del Almanzora, se destaparon cuando la madre de la víctima encontró unas cartas de alto contenido “sexual y erótico” en el dormitorio de ella y sospechó que el autor podía ser el acusado, por lo que interpuso denuncia ante la Guardia Civil.
El procesado, según recogen los hechos probados, mantuvo relaciones sexuales con la niña en, al menos dos ocasiones, a lo largo de dos meses, siempre en el interior del domicilio de él.
La sentencia remarca que se aprovechó de que la conocía porque la menor había sido novia de un hijastro suyo y que, además, logró “ganarse su confianza mediante la entrega de regalos”.
En el registro domiciliario realizado por la Guardia Civil, se hallaron en casa del acusado “escritos y parte de los objetos que fueron regalados a la menor y que su madre reconoció como tales”.
El Supremo, frente a lo sostenido por la defensa, considera, al que igual que el tribunal de primera instancia, que el testimonio de la niña “creíble y carente de fabulación” y alude a los informes psicológicos que concluían en el mismo sentido.
“Episodios imaginarios”
Añade el Tribunal Supremo que las cartas, que el acusado dijo que se habían escrito “para satisfacer el deseo de la menor y que no respondían a episodios reales sino imaginarios”, reflejan en “ciertos pasajes y ciertas expresiones” más “las pretensiones del acusado que el deseo de la víctima de leer relatos eróticos”.
De esta forma, la condena impuesta a este hombre incluye seis años de libertad vigilada con orden de alejamiento a 300 metros y la prohibición de comunicación con la menor.
Así mismo, también se ha impuesto el pago de una indemnización de 50.000 euros a la víctima, ya que ella sufre “bajo rendimiento académico, sentimientos de tristeza, llanto y fuerte sentimiento de vergüenza y malestar” como consecuencia de los abusos que los tribunales dan por probados tras el proceso judicial.
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