El Tribunal Supremo (TS) ha puesto punto final al Plan de Protección del Corredor Litoral andaluz, que ampliaba a 500 metros desde el dominio público marítimo terrestre la franja en la que no se podía realizar nuevas construcciones y que fue aprobado por la Junta en mayo de 2015, ha informado la Cadena SER.
El TS acordó hace unos días no admitir a trámite el recurso de casación que había presentado la Junta de Andalucía contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) en la que anulaba el plan del Gobierno andaluz. Pero, además, el Supremo, determina en una diligencia posterior que no cabe recurso alguno contra el fallo del TSJA. Esto significa que el Plan queda anulado definitivamente.
La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Alto Tribunal andaluz anuló el Plan de Protección del Corredor Litoral aprobado por el Consejo de Gobierno andaluz en mayo de 2015 a causa de un motivo formal, debido a la falta de competencia del Gobierno para la aprobación de este instrumento de planificación territorial, ya que en ese momento se encontraba en funciones, después de las elecciones de marzo.
Suelo no urbanizado
El objetivo del plan era garantizar la preservación de los espacios no urbanizados de la franja costera y evitar el deterioro de su paisaje. Con el desarrollo de sus medidas, se pretendía proteger el 55% de la superficie total de estas zonas en la comunidad autónoma andaluza.
El Plan del Litoral afectaría en Almería a once municipios; es decir, toda la costa de Adra a Pulpí, menos El Ejido y Roquetas que ya tenían adaptada su normativa urbanística al Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía.
Según los límites planteados, el Plan de la Junta impediría la construcción de 15.000 viviendas previstas por los planes urbanísticos de esos once municipios costeros: Adra, Almería, Berja (ahora Balanegra), Carboneras, Cuevas del Almanzora, Enix, Garrucha, Mojácar, Níjar, Pulpí y Vera.
La mayoría de los alcaldes de los municipios afectados se opusieron a la iniciativa porque entendían que limitaba la capacidad de crecimiento de sus municipios.
Además de los ayuntamiento, cuatro diputaciones, entre ellas la de Almería, alegaron ante el Tribunal Constitucional que el plan invadía competencias locales. Sin embargo, el TC no admitió el citado conflicto.
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