El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha condenado a la Junta de Andalucía a indemnizar con casi 88.000 euros al conductor de una motocicleta que, en octubre de 2011, sufrió un grave accidente de tráfico al atropellar un ciervo que irrumpió en la carretera que une los términos municipales de Serón y Gérgal (Almería).
La sentencia, consultada por Europa Press, rechaza los argumentos de la Consejería de Medio Ambiente y concluye que el siniestro registrado en el punto kilométrico A-1178 se produjo por "un deficiente control" de la vía por parte de la administración competente, que debe "mantenerla en estado óptimo de utilización de los usuarios sin peligro para su integridad física".
La Junta sostuvo que el animal que fue atropellado y que provocó que la moto volcara y se saliera de la vía no procedía de un coto de su titularidad pero el Alto Tribunal andaluz remarca que la propia letrada de la administración reconoció en su informe que el lugar del accidente se localiza dentro del coto privado de caza AL-10910 cuyo titular es la Delegación Territorial de Medio Ambiente.
Por otro lado, argumentó que, con arreglo a la normativa de aplicación, "el conductor de un vehículo que, incumpliendo las normas de circulación, haya atropellado a una especie cinegética, será siempre responsable del accidente en caso de accidente por invasión de la vía por un animal objeto de caza".
Apoyó esta oposición en la declaración del hermano de la víctima que conducía otra motocicleta circulando delante de él y aseguró que, si el hermano observó que en el margen derecho en medio de los árboles había una cierva, "es prueba de que la víctima no prestó, como aquél, la debida atención".
"A esto se añade que no hay que despreciar la relevancia del dato de que la moto no era propiedad del conductor, disminuyendo sin duda sus posibilidades de pericia para el adecuado control de la máquina en una situación repentina, que era repentina a causa de la propia distracción del motorista, que, al no ir atento a la conducción, al contrario que su hermano, advirtió al pobre animal sólo cuando lo tenía delante", manifestó para denegar la indemnización.
En su sentencia, el TSJA considera estos argumentos un "sofisma" y señala que es "inaceptable" asegurar que no vio a la cierva porque no circulaba atento "obviando que el animal estaba en medio de los árboles de modo que su inadvertencia era más que lógica, máxime si se tiene en cuenta que, en una circulación por las vías basada en la confianza de que no se producirán irrupciones de animales, la atención debe prestarse primordialmente, sobre la vía por la que se circula".
"Menos refrendo encuentra en la sala el argumento sobre la falta de pericia del conductor pues no pasa de ser una mera conjetura", concluye.
El TSJA ordena que se indemnice al conductor con 87.642,14 euros ya que tardó en curar 622 días y sufrió lesiones que le han dejado secuelas en piernas, médula espinal y pares craneales con un perjuicio estético moderado.
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