La asociación Amigos del Parque Natural ha presentado alegaciones al proyecto de complejo turístico rural en el camino de El Playazo de Rodalquilar, en Níjar, ya que considera que, tal y como está planteado, no sería compatible con la conservación de los valores del espacio protegido.
El escrito, consultado por Europa Press, sostiene que, si bien no se opone a “este tipo de proyecto”, sí que la Junta debe garantizar que se adecua a lo contenido en el Plan de Ordenación de Recursos Naturales. Amigos del parque indica que una de las seis casas rurales y espacios comunes serán “de nueva planta haciendo uso de que el Plan Rector de Uso y Gestión permite ampliar un 120%” y remarca que es una nueva construcción “aislada del cortijo existente”.
“La normativa dice que deben tener continuidad estructural, precisamente para evitar que se formen nuevas construcciones independientes de la que se pretende restaurar”, añade para señalar que esta situación “no ha sido debidamente justificada en el proyecto de actuación”.
El colectivo ecologista afirma que se debe “justificar” la existencia de unas dependencias anexas al cortijo que se pretende rehabilitar “para evitar la construcción de nuevas edificaciones que no existieran previamente en el parque natural”.
“En suelo no urbanizable de especial protección no se pueden construir nuevas edificaciones, siendo necesario que en el proyecto se justifique la existencia de una construcción existente que pueda dar continuidad a la estructura existente”, recuerda.
Amigos del parque alerta de que si bien el inmueble original que se pretende rehabilitar data de 1945, por lo que sí cumple los criterios históricos para que se pueda restaurar, “ha tenido ampliaciones posteriores a la declaración de parque”. A esto añade que, de los corrales a los que se pretende dar un uso turístico, “no se tiene constancia de la fecha de su existencia”.
Seis casas rurales, salón y terraza
La actuación se sitúa en el Camino del Playazo número 3 de Rodalquilar, en el término municipal de Níjar. Según el proyecto presentado por los promotores, el complejo turístico tiene una superficie construida de 392 metros cuadrados de los que 219 son construcciones preexistentes, de modo que tanto las “construcciones rehabilitadas” como la “nueva ampliación” se destinarán a albergar las seis casas rurales que componen el establecimiento turístico. La actividad constará de tres edificios de forma irregular que integrará la actual casa de planta baja y los dos corrales existentes y que albergarán las seis casas rurales, un salón, terraza y servicios comunitarios.
“Consideramos que en el proyecto no se justifica adecuadamente la existencia de estos corrales, siendo necesario que se pueda aportar prueba documental que acredita su existencia anterior a 1989 y justificar el uso turístico”, subraya. Apunta, en esta línea, que, así, solo “sería viable la rehabilitación de inmuebles que hayan podido tener un uso residencial para darle uno de vivienda rural”.
“Unos corrales que no tenemos la certeza de su existencia, consideramos que se deberían aportar los elementos necesarios para sostener su existencia y su posible uso como vivienda rural”, destaca.
El colectivo también pide que se tenga en cuenta que las edificaciones sí podrían tener un valor histórico según las propias Normas Subsidiaras de Níjar, por lo que el proyecto tendría que garantizar “que toda construcción respete los valores históricos de este tipo de cortijadas tradicionales del Cabo de Gata”.
Por último, señalan como “insuficiente” la valoración sobre las posibles repercusiones que se puedan generar sobre la calidad del aire, contaminación acústica y contaminación lumínica durante la fase de explotación del establecimiento turístico, lo que supondrá la pernoctación de una número considerable de visitantes en una zona natural que actualmente es totalmente virgen.
“No existen este tipo de usos, lo que puede suponer un incremento de la presión humana y podría contribuir de forma negativa a los valores naturales”, concluye para solicitar que la evaluación de impacto ambiental establezca “un análisis mayor sobre las repercusiones ambientales en materia de calidad del aire, contaminación lumínica y acústica en la zona, y la conexión con el sistema general público de abastecimiento de luz y agua”.
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