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55.000 viviendas podrán legalizarse con el nuevo decreto de la Junta

Las condiciones y los plazos necesarios para regularizarlas se simplifican y reducen

El director general de Ordenación, ha asisitido a la reunión con las delegadas Maribel Sánchez y Eloísa Cabrera.
El director general de Ordenación, ha asisitido a la reunión con las delegadas Maribel Sánchez y Eloísa Cabrera. La Voz
Eva de la Torre
07:00 • 01 nov. 2019

La delegada del Gobierno, Maribel Sánchez, ha participado, junto al director general de Ordenación del Territorio y Urbanismo, José María Morente ,en una reunión con alcaldes y técnicos municipales para explicarles el Decreto Ley de Medidas Urgentes para la Adecuación Ambiental y Territorial de las Edificaciones Irregulares, aprobado por el Parlamento andaluz con los votos de PP, PSOE, Cs y Vox.



La norma quiere dar una respuesta definitiva al problema de las viviendas irregulares, aunque “no se trata de ninguna amnistía”, afirma Sánchez, “ya que no se pueden acoger las viviendas donde no haya prescrito el expediente o que ocupen suelos protegidos”.



En cuanto al número de viviendas que podrán beneficiarse del decreto, un estudio de la Consejería de Ordenación del Territorio  estima que hay algo más de 327.000 viviendas irregulares en la comunidad autónoma, de las que 55.265 corresponden a la provincia de Almería. 




Del total de las más de 14.430 corresponden a las ‘Altiplanicies Orientales’, zona compartida con Granada y que incluye Filabres, Los Vélez y zonas limítrofes con Guadix y Baza; 13.631 a la zona de Sureste Árido-Almanzora; 10.781 en el Poniente; 9.129 a la zona de Alpujarras-Sierra Nevada. también compartida con Granada; 7.493 al Levante y 7.294 a las comunicaciones.



Decreto



El nuevo decreto ley permite el acceso al régimen jurídico de Asimilado a Fuera de Ordenación (AFO) a cualquier edificación irregular, aunque con algunas excepciones, como las viviendas que están aún en plazo para restablecer la legalidad (seis años desde su construcción) o con sentencia. Tampoco podrán acogerse al decreto ley las viviendas que se asienten sobre suelos de especial protección.



Según la Consejería, “esta figura no supone una legalización sino el reconocimiento de una situación de irregularidad ante la que, al prescribir el delito, no cabe adoptar medidas de restablecimiento de la legalidad”. La declaración AFO permite que los propietarios accedan al Registro de la Propiedad y a servicios básicos como el agua, la luz, el saneamiento y la posibilidad de realizar obras de conservación y mantenimiento.



Por otra parte, hasta ahora, los asentamientos debían figurar en los planes generales de los ayuntamientos y éstos debían desarrollar un plan especial para cada uno de los asentamientos. Con este decreto, un municipio podrá formular inmediatamente un plan especial para una agrupación de viviendas concreta, tenga o no aprobado su PGOU


Desde la Junta insisten en que otra de las ventajas de la nueva normativa son los plazos, ya que “a partir de ahora, el problema se puede resolver en un plazo de entre 12 y 18 meses, en colaboración con los ayuntamientos”.


Otro aspecto de este decreto ley es la incorporación de las agrupaciones de viviendas irregulares de carácter urbano a los planes generales. Los ayuntamientos deben prever en sus PGOU una serie de servicios mínimos, como equipamientos públicos o zonas verdes, si pretenden incorporar un asentamiento como urbano o urbanizable.


La norma “se va a volcar en la labor inspectora y la ejecución de la disciplina urbanística”, con un nuevo plan general de inspección, que reforzará las actuaciones y la cooperación con los ayuntamientos y buscará aliados en los agentes sociales que puedan tener relación con esta materia, como registradores de la propiedad, notarios, inspectores de trabajo o Fiscalía, aseguran desde la Delegación del Gobierno.


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