Eva de la Torre
21:47 • 09 dic. 2011
Durante este verano el asunto de los aparcamientos de pago en distintas zonas próximas a playas del Parque Natural Cabo de Gata-Níjar ocupó las portadas de los medios de comunicación. En aquellos días se supo que tanto grupos ecologistas como la Delegación de Medio Ambiente interpuesieron denuncias y abrieron expedientes contra el Ayuntamiento de Carboneras por el parking en la playa de Los Muertos y el propietario de la finca donde se ubica la Cala de San Pedro, en Níjar.
En relación a éste último, un auto del Juzgado de Instrucción número 5 de Almería de fecha 18 de octubre, dispone el “sobreseimiento provisional de las actuaciones al no resultar debidamente justificada la perpetración del delito”. Por ello, el juez magistrado Rafael soriano decreta el “archivo de las actuaciones” con expresa reserva de acciones civiles al perjudicado.
De lo penal a lo contencioso
En los razonamientos jurídicos expuestos por el magistrado se recoge que “del relato de los hechos contenidos en el atestado o denuncia se desprende que los hechos objeto de las presentes diligencias previas no son cosntitutivas de infracción penal” y que más bien se trata de una cuestión administrativa que “deberá ser resuelta por la Jurisdicción Contencioso-administrativa”.
La decisión judical dejaba la puerta abierta a que el Ministerio Fiscal interpusiese recurso de reforma y/o apelación contra dicho auto, lo que finalmente ha ocurrido. Así, en su escrito el fiscal considera que “los hechos podrían ser constitutivos de un delito contra la ordenación del territorio” por la construcción sin autorización, de un camino y explanada para el aparcamiento de vehícuolos en suelo no urbanizable de especial protección como es un parque natural.
El fiscal considera también que puede darse un delito contra el medio ambiente “si se hubiesen puesto en peligro grave los sistemas naturales”.
Por su parte, el propietario de la Cala de San Pedro, Daniel Navarro, asegura que aún no ha recibido ninguna notificación del juzgado tras el recurso de la Fiscalía.
Navarro siempre ha presentado como defensa ante estas acusaciones un informe del Seprona de julio de este año en el que se recoge que en la zona se observan trabajos realizados por maquinaria pesada para el asentamiento del terreno “observando un mínimo impacto en la vegetación del lugar”.
En relación a éste último, un auto del Juzgado de Instrucción número 5 de Almería de fecha 18 de octubre, dispone el “sobreseimiento provisional de las actuaciones al no resultar debidamente justificada la perpetración del delito”. Por ello, el juez magistrado Rafael soriano decreta el “archivo de las actuaciones” con expresa reserva de acciones civiles al perjudicado.
De lo penal a lo contencioso
En los razonamientos jurídicos expuestos por el magistrado se recoge que “del relato de los hechos contenidos en el atestado o denuncia se desprende que los hechos objeto de las presentes diligencias previas no son cosntitutivas de infracción penal” y que más bien se trata de una cuestión administrativa que “deberá ser resuelta por la Jurisdicción Contencioso-administrativa”.
La decisión judical dejaba la puerta abierta a que el Ministerio Fiscal interpusiese recurso de reforma y/o apelación contra dicho auto, lo que finalmente ha ocurrido. Así, en su escrito el fiscal considera que “los hechos podrían ser constitutivos de un delito contra la ordenación del territorio” por la construcción sin autorización, de un camino y explanada para el aparcamiento de vehícuolos en suelo no urbanizable de especial protección como es un parque natural.
El fiscal considera también que puede darse un delito contra el medio ambiente “si se hubiesen puesto en peligro grave los sistemas naturales”.
Por su parte, el propietario de la Cala de San Pedro, Daniel Navarro, asegura que aún no ha recibido ninguna notificación del juzgado tras el recurso de la Fiscalía.
Navarro siempre ha presentado como defensa ante estas acusaciones un informe del Seprona de julio de este año en el que se recoge que en la zona se observan trabajos realizados por maquinaria pesada para el asentamiento del terreno “observando un mínimo impacto en la vegetación del lugar”.
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