Con el objetivo preservar la convivencia relativa a las fachadas de los edificios privados del municipio de Adra, el Ayuntamiento ha informado de las principales normas al respecto, a través de sus redes sociales.
En la normativa, el Consistorio indica que no está permitido "tender la ropa" en las fachadas, terrazas o tendederos de los inmuebles, en el caso que sea "visible" desde la vía pública. Otra prohibición, a excepción de una "autorización" del Ayuntamiento, es atravesar con cables que sobrevuelen espacios públicos las fachadas de los edificios abderitanos. Tampoco está permitido utilizar las terrazas o las cubiertas de los recintos del edificio para almacenar enseres o otros elementos de "forma desordenada" y permitiendo que sea visible desde los espacios públicos.
Siguiendo con las armonías estéticas y la "degradación visual del entorno" en los edificios privados, el Consistorio también ha indicado a sus ciudadanos que instalar antenas, elementos o artefactos similares en las fachadas, terrazas o tendederos de las viviendas que sean visibles desde la calle requiere una expresa autorización municipal, al igual que la instalación de aparatos de aire acondicionado en los espacios que sean visibles desde la vía pública del municipio.
Por todo ello, el Ayuntamiento ha recordado que el incumplimiento de estas normas de convivencia relativas al entorno visual de los edificios privados desde los espacios públicos conllevará una sanción de acuerdo a la "normativa vigente" del municipio abderitano.
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