El Tribunal Supremo (TS) ha resuelto que debe ser el Tribunal
Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) el que ejecute la sentencia
que concluyó que el suelo sobre el que se construyo el hotel de
Azata del Sol en El Algarrobico, en Carboneras, y ha
comunicado al Gobierno, a la Junta de Andalucía y al ayuntamiento
carbonero que deben seguir presentando informes mensuales respecto a
las actuaciones que están llevando a cabo para restaurar la
legalidad urbanística en el paraje y en el anexo de ´El
Canilla.
El auto resuelve, asimismo, remitir al alto
tribunal los informes que ha remitido en enero y febrero de 2021 el
Ministerio de Transición Ecológica; los enviando en febrero y marzo
la Junta andaluza; y el elevado el pasado 9 de marzo por el
Ayuntamiento de Carboneras.
El tribunal fundamenta su
decisión en que debe ser la sala de instancia, es decir, el TSJA que
falló en primer lugar esta cuestión, la que se encargue de hacer
que se cumpla la sentencia firme de febrero de 2016 y concreta,
además, que el resto de resoluciones cuya ejecución pidió
Greenpeace deben solicitarse al "órgano competente a tal
efecto".
El auto llega después de que el Supremo
reclamase mediante providencia de diciembre de 2020 a las tres
administraciones que le remitiesen "un informe mensual expresivo
de las actuaciones de toda índole" que estuviesen desarrollando
para "llevar a justo y debido término" la sentencia que
falló que el sector urbanístico sobre el que se levanta el hotel es
un área medioambientalmente protegida del parque natural de Cabo de
Gata-Níjar y, por tanto, no urbanizable.
La sala tercera
daba respuesta a un escrito que presentó Greenpeace en el que le
instaba a intervenir ante el "desinterés" de las
administraciones afectadas por "obedecer" todas las
"resoluciones judiciales" en torno al hotel. Aludía,
asimismo, a otras sentencias dictadas por la misma sala también en
torno a la legalidad del inmueble y preguntaba por la adaptación de
la servidumbre de protección de 100 metros que fija la Ley de Costas
y que vulnera.
En esta línea, el colectivo
conservacionista interpelaba por la clasificación de los terrenos
como suelo no urbanizable de especial protección; por la anulación
de la licencia municipal de obras concedida en 2003; por la
modificación de la planimetría del parque natural de Cabo de
Gata-Nijar y, también, por el derecho de retracto que ejerció la
Junta en 2006 por 2,3 millones de euros y avalado por la
Justicia.
Greenpeace reprochaba que las resoluciones
judiciales en torno a la ilegalidad del hotel no han tenido "efectos
prácticos" sobre esta construcción y recordaba que "la
única medida judicial efectiva" que se había tomado "hasta
la fecha" es la paralización de las obras que ordenó en 2006
el Juzgado de lo Contencioso-administrativo 2 de Almería, del que
era titular entonces el magistrado Jesús Rivera.
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