Ecologistas en Acción ha anunciado que va a emprender dos vías legales para impulsar el plan de limpieza de la tierra contaminada con plutonio y americio en Palomares, en Cuevas del Almanzora (Almería) e interpondrá recurso ante el Tribunal Supremo (TS) contra la sentencia de la Audiencia Nacional que rechaza fijar plazo para su ejecución alegando que el Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) no es competente para hacerlo.
Paralelamente, el colectivo conservacionista ha indicado que iniciará un nuevo procedimiento contencioso-administrativo, en este caso, contra el Consejo de Ministros al que apunta el fallo dictado por la Sección Séptima de la AN, y que contó con el voto particular de dos magistrados.
Ambos consideran que debieron estimarse en parte las pretensiones de Ecologistas en Acción ya que ni la no disponibilidad actual de un Almacén Temporal (ATC) ni la falta de compromiso vinculante de EEUU para asumir el traslado de las tierras contaminadas a un almacenamiento definitivo "pueden justificar la demora en la culminación del proyecto de rehabilitación y, una vez efectuado esto, el inicio del tratamiento de las tierras contaminadas".
Competencias
Ecologistas en Acción sostiene que la sentencia "no entra en el fondo de la cuestión" ya que "se basa en que el CSN no tiene competencias ejecutivas, sólo consultivas, de inspección y sancionadoras".
Saludan que dos magistrados de los cinco que componen la Sala que hayan discrepado de esa interpretación para "sí entrar en el fondo del problema dando la razón a la solicitud y pidiendo que el CSN fije plazo para la limpieza de Palomares". "Los dos magistrados discrepantes no se manifiestan sobre la cantidad de material radiactivo a retirar porque todos los documentos sobre Palomares son secretos y carecen de información para opinar", añaden desde el colectivo.
El abogado de Ecologistas en Acción, José Ignacio Domínguez, recuerda que "hasta ahora" el regulador atómico "ha ejercido funciones ejecutivas, como por ejemplo cuando aprobó el Plan de Rehabilitación de Palomares en 2010 o cuando modificó los criterios radiológicos y ordenó al CIEMAT, en 2015, que se redujera el volumen de tierra a descontaminar obedeciendo a las presiones del Departamento de Energía de EEUU". "Esta sentencia supone una reducción en las competencias que hasta ahora venía desarrollando el CSN. Si la confirma el Supremo supondrá una sería limitación en las actividades del CSN", remarca.
A la vista de la sentencia, el Consejo Provincial de la Federación de Ecologistas en Acción-Almería, en asamblea celebrada ayer, acordó por unanimidad presentar esta misma demanda ante el Consejo de Ministros y recurrir al Tribunal Supremo la sentencia.
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