La Voz de Almería
22:29 • 11 abr. 2012
La Fiscalía ha trasladado su oposición a que se readmita a la profesora de Religión despedida por el Obispado de Almería después de que contrajese matrimonio civil con un hombre divorciado al estimar que es "imposible" tanto material como legalmente si bien ha interesado que se le abonen los salarios dejados de percibir durante los últimos once años, una cuantía que la letrada de Resurrección Galera ha cifrado en 157.287,10 euros, restándole los rendimientos percibidos por trabajo según su informe de vida laboral y la prestación por desempleo.
Durante la segunda sesión de la vista celebrada este miércoles ante el Juzgado de lo Social número 3 para decidir cómo se ejecuta el fallo que dictó la nulidad del despido en mayo de 2011, la fiscal ha señalado que la readmisión en las mismas condiciones que regían en el curso 2001-2002 no sería viable ya que su plaza en el CEIP ´Ferrer Guardia´ del barrio de La Cañada está ocupada por otra persona, por lo que existe una "imposibilidad material".
En esta línea, y después de que el resto de las partes implicadas, entre ellas el Obispado y el Ministerio de Educación se ratificasen en su postura durante el trámite de informes, ha subrayado que existe, asimismo, una "imposibilidad legal" al haberse modificado a través del Real Decreto 696/2007 de 1 de junio la regulación de la relación laboral de los profesores de Religión.
Así, el Ministerio Público ha solicitado al magistrado Juan Carlos Aparicio que dicte un auto que declare extinguida la relación laboral ya que lo contrario, según ha indicado, "iría contra el derecho fundamental a la igualdad que estipula en artículo 14 de la Constitución y se vulneraría la legislación y los procedimientos que regulan que la relación laboral" de los docentes de esta asignatura.
Los argumentos de la defensa
Por su parte, Amalia Robles, abogada de Resurrección Galera; insiste en que su defendida ha de ser readmitida en su puesto de trabajo ya que "el argumento de la Fiscalía supondría que ningún despido nulo conllevaría la readmisión del trabajador. Si así fuera, las empresas sólo tendrían que ocupar el puesto de trabajo del empleado despedido para que éste perdiera su derecho a ser readmitido".
Finalmente, Johanes Romera, marido de Resurrección Galera; se muestra confiado en que "el juez hará cumplir su propia sentencia, con lo que se procederá a la readmisión en su puesto de trabajo. Ahora lo que se dirime es cómo se ha de cumplir la sentencia y qué está obligada a hacer cada una de las partes (Obispado de Almería y Ministerio de Educación); pero es incuestionable que la sentencia se ejecutará al 100%".
Audio: Amalia Robles y Johanes Romera, abogada y marido de Resurrección Galera
Durante la segunda sesión de la vista celebrada este miércoles ante el Juzgado de lo Social número 3 para decidir cómo se ejecuta el fallo que dictó la nulidad del despido en mayo de 2011, la fiscal ha señalado que la readmisión en las mismas condiciones que regían en el curso 2001-2002 no sería viable ya que su plaza en el CEIP ´Ferrer Guardia´ del barrio de La Cañada está ocupada por otra persona, por lo que existe una "imposibilidad material".
En esta línea, y después de que el resto de las partes implicadas, entre ellas el Obispado y el Ministerio de Educación se ratificasen en su postura durante el trámite de informes, ha subrayado que existe, asimismo, una "imposibilidad legal" al haberse modificado a través del Real Decreto 696/2007 de 1 de junio la regulación de la relación laboral de los profesores de Religión.
Así, el Ministerio Público ha solicitado al magistrado Juan Carlos Aparicio que dicte un auto que declare extinguida la relación laboral ya que lo contrario, según ha indicado, "iría contra el derecho fundamental a la igualdad que estipula en artículo 14 de la Constitución y se vulneraría la legislación y los procedimientos que regulan que la relación laboral" de los docentes de esta asignatura.
Los argumentos de la defensa
Por su parte, Amalia Robles, abogada de Resurrección Galera; insiste en que su defendida ha de ser readmitida en su puesto de trabajo ya que "el argumento de la Fiscalía supondría que ningún despido nulo conllevaría la readmisión del trabajador. Si así fuera, las empresas sólo tendrían que ocupar el puesto de trabajo del empleado despedido para que éste perdiera su derecho a ser readmitido".
Finalmente, Johanes Romera, marido de Resurrección Galera; se muestra confiado en que "el juez hará cumplir su propia sentencia, con lo que se procederá a la readmisión en su puesto de trabajo. Ahora lo que se dirime es cómo se ha de cumplir la sentencia y qué está obligada a hacer cada una de las partes (Obispado de Almería y Ministerio de Educación); pero es incuestionable que la sentencia se ejecutará al 100%".
Audio: Amalia Robles y Johanes Romera, abogada y marido de Resurrección Galera
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