El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha dado al
alcalde de Carboneras, José Luis Amérigo, cinco
días para que alegue antes de imponerle multas de 700 euros cada 20
días por su "responsabilidad" en que "aún permanezca
pendiente" el cumplimiento de la sentencia que le obliga a
desclasificar urbanísticamente el Algarrobico y declararlo suelo de
especial protección.
En un auto, la sala reprocha a
Amérigo que se haya "superado en exceso el plazo legal
establecido para ejecutar" un fallo que es firme desde 2018 e
indica que, ante la situación generada, la sanción "resulta
ser la única opción ya disponible para evitar el perjuicio" al
derecho a la tutela judicial que conlleva la inejecución de la
sentencia.
La resolución, consultada por Europa Press,
advierte de que, al margen de las multas coercitivas, la otra medida
a adoptar tras el "plazo preceptivo de cinco días para
presentar alegaciones" dado al alcalde carbonera, sería de
remitir testimonio de particulares al Ministerio Fiscal por si fuera
una infracción penal su comportamiento.
El TSJA destaca
que ya hizo advertencia expresa en mayo de 2022 de que adoptaría
estas medidas y señala que el apercibimiento se ha reiterado en
"ocasiones posteriores sin que hayan sido objeto de impugnación"
por parte del Ayuntamiento o de Amérigo.
Afea al alcalde,
asimismo, que ha cesado en el cumplimiento de lo que se le ordenó en
enero de este mismo año; en concreto, la obligación de remitir cada
15 días a la sala informe "cumplido y detallado" de las
actuaciones realizadas para declasificar como urbanizable el
Algarrobico, así como de las que hubiese "previsto llevar a
efecto en los días sucesivos".
En esa misma
providencia de 17 de enero, el TSJA avisaba que "cualquier tipo
de incumplimiento" de lo ordenado daría lugar "sin más
dilación" a la "correspondiente imposición de multa y
deducción de particulares para su traslado al Ministerio
Fiscal".
Precisamente el e Ayuntamiento de Carboneras
comunicó la semana pasada al alto tribunal andaluz que había optado
por aprobar "una modificación puntual" del PGOU para
cumplir el fallo y solicitó que no multase al alcalde porque la
ejecución de la sentencia que protege medioambientalmente el paraje
"está muy próxima su conclusión".
En su
escrito, el consistorio indicaba que la "vía escogida" por
Amérigo era la modificación puntual del planeamiento urbanístico
al ser "la más idónea y rápida" para que se cumpla la
sentencia y afirmaba que esto no es óbice para que el Ayuntamiento
haya iniciado "de forma paralela" el trámite para elaborar
un nuevo PGOU.
"No es excluyente de la modificación
puntual del planeamiento", trasladaba para justificar que se
aprobara en pleno extraordinario el pasado 20 de marzo la redacción
de un nuevo PGOU en "otros intereses municipales", si bien
el citado acuerdo de la corporación recogía como objetivo dar
"solución", entre otros "hechos trascendentales",
al cumplimiento de las sentencias judiciales "en la zona
conocida" como El Algarrobico.
El escrito remitido
por el Ayuntamiento carbonero al TSJA adjunta un informe de la
secretaría municipal de 16 de marzo que concluye que debe "adoptarse
el acuerdo necesario" para que tanto el sector ST-1 o
Algarrobico y ST-2 o Canillar figuren en el planeamiento como suelo
no urbanizable de especial protección con grado C1 y suelo no
urbanizable de especial protección con grado B1 y B2,
respectivamente, y que el acuerdo debe limitarse a ambos
parajes.
También incluye una providencia del alcalde,
dictada dos días después del pleno en que aprobó encargar un nuevo
PGOU, el 22 de marzo, en la que ordena que se opte por la
"alternativa" de la modificación puntual del planeamiento
para dar cumplimiento a la sentencia.
"Actualmente
evacuados los informe técnicos, la modificación puntual se
encuentra pendiente exclusivamente de la elaboración de la
planimetría de los sectores cuya clasificación debe ser modificada,
la cual se espera tener a disposición en los próximos días",
afirmaba el consistorio.
Al hilo de esto, indicaba que,
dado que las actuaciones necesarias para ejecutar la sentencia "están
muy próximas a su conclusión", resultaría "absolutamente
improcedente" la imposición de multas coercitivas a
Amérigo.
El Tribunal Supremo (TS) falló recientementeque la licencia municipal de obras concedida al hotel de Azata
continúa siendo "plenamente legal" 20 años después de su
concesión ya que se ajusta al planeamiento urbanístico vigente en
Carboneras por no haberse modificado el PGOU en lo que respecta al
Algarrobico y supeditó la demolición del inmueble a que se anulase
mediante revisión de oficio por parte del Ayuntamiento carbonero.
Mientras la actual calificación del sector ST-1 se mantenga, no cabe
anulación.
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