Los emblemáticos chiringuitos de Mojácar, esos que llevan ya más de medio siglo siendo una seña de identidad de esa playa levantina, tienen ya una hoja de ruta para asegurarse su futuro mediante su regularización acorde con el Reglamento de la Ley de Costas.
Tras años de incertidumbre y de tensión respecto a su permanencia por contravenir aspectos de la normativa legal, ayer tuvo lugar un encuentro en el Ayuntamiento de Mojácar que ha aclarado en parte su horizonte. A la reunión, presidida por el nuevo alcalde, el popular Francisco García Cerdá, acudieron más de 30 propietarios de este segmento de negocio que llenaron el salón de plenos para recibir indicaciones del equipo de técnicos municipales.
El reto es que para la próxima campaña de verano todos los establecimientos de esta naturaleza estén regularizados acorde al Plan General de Ordenación Urbana (PGOU). Se trata ahora de que cada uno de los empresarios realice todas las consultas necesarias a los técnicos para poder empezar la tramitación de un plan medioambiental y las modificaciones pertinentes.
Por un lado están los establecimientos permanentes, los que están en zona de servidumbre y los situados en zona de dominio público. Estos últimos son los que tienen una situación legal más compleja y alguno de ellos se encuentra clausurado en la actualidad.
El planta es instar a todas las partes a actuar con celeridad en un asunto completo que lleva enquistado muchos años a lo largo de los numerosos kilómetros de costa que posee el litoral mojaquero, desde Marina de la Torre hasta Macenas.
Algunos de los establecimientos presentes señalaron que ya han empezado a tramitar la Declaración de Impacto Ambiental para obtener la ansiada regularización.
El documento de la nueva normativa establece un régimen transitorio de un año, desde la aprobación del Plan General (19 de mayo de 2023) para su adaptación a las características constructivas y condicionantes estéticos de los establecimientos recogidas en las fichas urbanísticas. Por un lado están las edificaciones permanentes no residenciales dentro del uso y disfrute del dominio público marítimo terrestre, de acuerdo a lo estipulado por la Ley de Costas, y que cuentan con distintas situaciones jurídicas, desde las construida con licencia, sin licencia, las anteriores a 1975 y las que pueden ser declaradas de utilidad pública.
La nómina de esta tipología de edificaciones es la siguiente: La Cometa, Dolce Vita, La Cava, Pedro, Francisco, Mandala, El Castillo, Virgen del Mar, Antonella, El Gusano, Samber y Titos.
Por otro lado, se tratará la regulación y ordenamiento de los chiringuitos, que han venido desarrollando la actividad de restauración de una manera singular dada su ubicación, principalmente en zonas de servidumbre de protección.
En la relación de edificios efímeros, llamados chiringuitos, en la zona de la franja costera de Mojácar aparecen El Paraíso, Cala Marina, El Pirata, Maoui (antiguo Bora Bora), Bahía, El Patio 2000, La Aurora, El Cid, Aku Aku, Albatros, Alma, Ankara, Lua, Palo Alto/Playa Blanca, Titos, Manacá y Pueblo Indalo.
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