La despoblación es un mal que se mantiene, durante los últimos años, en prácticamente todos los rinconces del país. En Andalucía, este problema afecta a más de 400 municipios y la provincia de Almería obstenta el segundo puesto entre las regiones de la comunidad autónoma que, en 2023, presentan un mayor número de localidades con riesgo de perder a sus vecinos.
Según los datos aportados por la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos, casi el 54% de los municipios andaluces presentan actualmente un déficit de población que los lleva directos a la lista 'negra' de los pueblos despoblados, ya que de las 786 localidades que hay en la comunidad andaluza, 423 están por debajo del límite de 3.000 vecinos, que marca la línea roja a partir de la cual un pueblo pasa a estar en peligro de despoblación.
Son en su mayoría pequeños municipios que ven año tras año marcharse a un buen número de vecinos, ya sea por el fallecimiento de estos o por los movimientos migratorios, y de estos pueblos en riesgo hay hasta 70 en la provincia de Almería. Una región que cuenta con un total de 103 municipios, lo que supone que prácticamente el 68% de las localidades almerienses se están quedando vacías, sin vecinos que pueblen sus casas y sus calles, sin relevo generacional.
Los pueblos de Almería
Según el listado de la consejería andaluza, que ha publicado una relación con los referidos 423 municipios con "problemas de despoblación" en el marco de una resolución, con fecha del pasado 26 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Tributos, Financiación, Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales y Juego, los 70 pueblos de la provincia que están en riesgo son: Abla, Abrucena, Albanchez, Alboloduy, Alcolea, Alcóntar, Alcudia de Monteagud, Alhabia, Alicún, Almócita, Alsodux, Armuña de Almanzora, Bacares, Balanegra, Bayárcal, Bayarque, Bédar, Beires, Benitagla, Benizalón, Bentarique, Canjáyar, Castro de Filabres, Chercos, Chirivel, Cóbdar, Enix, Felix, Fines, Fiñana, Fondón, Gérgal, Huécija, Íllar, Instinción, Laroya, Laujar de Andarax, Líjar, Lubrín, Lucainena de las Torres, Lúcar, María, Nacimiento, Ohanes, Olula de Castro, Oria, Padules, Partaloa, Paterna del Río, Purchena, Rágol, Rioja, Santa Cruz de Marchena, Santa Fe de Mondújar, Senés, Serón, Sierro, Somontín, Sorbas, Suflí, Taberno, Tahal, Terque, Tres Villas, Las, Turrillas, Uleila del Campo, Urrácal, Velefique, Vélez-Blanco y Zurgena.
En lo que respecta a Andalucía, por provincias, Granada es la que presenta un mayor número de localidades con "problemas de despoblación", hasta un total de 121, seguida de Almería, con 70, y Málaga, con 58 Entre las tres provincias, por tanto, acumulan más de la mitad de los referidos 423 municipios; en concreto, 249, el 59 por ciento.
De la provincia de Jaén se identifican 55 municipios con "problemas de despoblación", mientras que de Huelva se citan 48; de Córdoba, 37 --en una lista que se inicia con Alcaracejos y culmina con Zuheros--; de Sevilla, 24, y de Cádiz, un total de diez, siendo la provincia andaluza con menos localidades en esa categoría.
Ventajas fiscales
Así las cosas, la resolución publicada por la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos la pasada semana en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), especifica que los artículos 43 y 50 de la Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, "establecen tipos reducidos en las modalidades de Transmisiones Patrimoniales Onerosas y Actos Jurídicos Documentados del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados para la adquisición de inmuebles que radiquen en municipios con problemas de despoblación, con el cumplimiento de determinados requisitos".
A su vez, en relación al IRPF, el artículo 11 de dicha ley regula un importe incrementado de 400 euros para la deducción por nacimiento, adopción de hijos o acogimiento familiar de menores "cuando el contribuyente con derecho a ella resida en un municipio con problemas de despoblación".
Al respecto, la misma resolución de la Consejería de Economía aclara que el artículo 8 de la citada Ley de Tributos Cedidos estipula que, "a los efectos" de dicha norma, "tendrán la consideración de municipios con problemas de despoblación aquellos cuya cifra de población sea de menos de 3.000 habitantes".
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