La Audiencia Provincial ha absuelto a un hombre para el que la
Fiscalía pedía doce años de prisión tras una denuncia presentada
por su expareja por un presunto delito de agresión sexual
continuada.
Las contradicciones
de la denunciante, que llegó a pedirle a una amiga (según la
declaración de esta) que mintiera en su relato de los hechos para
apoyar su versión, han sido algunas de las claves que han conllevado
la absolución por parte del hombre denunciado, residente en el
municipio de Los Gallardos y defendido por el letrado albojense Juan Luis
Alfonso Silvente.
El fallo de la
Audiencia Provincial ha frenado la petición del Ministerio Fiscal
que solicitaba, además de los doce años de cárcel, la
inhabilitación al sufragio durante el tiempo de la condena, una
prohibición de comunicarse con la denunciante y de acercarse a la
misma a menos de 500 metros y el pago de las costas del juicio y de
50.000 euros en concepto de responsabilidad civil.
Ambos implicados en
este proceso, denunciado y denunciante, mantuvieron según la
denuncia una relación estable entre los años 2018 y 2019. Algo que
la denunciante desmintió tras un cambio de opinión, ya que
pasó a asegurar que sólo había una relación laboral
entre ellos. Los hechos, sin embargo, “demuestran la existencia de
una relación sentimental entre ellos, y que ahora ella niega”.
Pero las
contradicciones reflejadas en la sentencia van más allá y se
centran también en la presunta agresión sexual denunciada. Y es que
si bien la mujer mantenía que en principio “sólo hubo penetración
sobre las nueve de la noche”, en manifestaciones posteriores
aseveró que “fue violada durante toda la noche”.
Durante la vista
oral también quedó probado que si bien la denunciante señaló que tuvo una hemorragia, en el parte médico realizado inmediatamente "se señala que no se aprecia
ningún tipo de lesión. Además no consta que tuviera que ser
hospitalizada ni nada parecido”.
Otra de las
contradicciones señaladas por la Audiencia recuerda que “en la
denuncia” se señala que el hombre sacó los cuchillos “para
echarla de la casa” mientras que posteriormente aseguró “que
fue para obligarla a mantener relaciones sexuales”.
Las contradicciones
van incluso más allá, puesto que la denunciante defendía “la
existencia de múltiples actos contra su libertad sexual” que no
denunció presuntamente “por temor a sus hijos” mientras que
luego mantuvo la versión “de que no lo hizo para poder cobrar lo
que le adeudaba” el hombre.
Es más, en el mismo
fallo se señala cómo los gentes de la Guardia Civil que acudieron
al lugar de los hechos indicaron que la puerta de la casa estaba
abierta y que en la vivienda “no había el más mínimo signo de
violencia, encontrando a denunciante y acusado en la cama dormidos y
tapados con la misma sábana”.
Frente a todas las
contradicciones descritas y con la “débil” carga de la prueba
aportada por la denunciante, los magistrados de la Audiencia
Provincial de Almería han destacado la coherencia de la versión que
siempre ha dado el hombre denunciado.
Pese a la petición del Ministerio Fiscal el letrado, que cuenta con una amplia experiencia en este tipo de litigios, ha asegurado que nunca tuvo "duda alguna de la inocencia de mi cliente", que según asevera ha pasado "por un Vía Crucis como este, en el que por desgracia hay miles de casos; pero es importante estudiarlos a fondo para tener éxito porque cuando un inocente es condenado, pierde toda la sociedad".
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