A una viuda de Berja le perdonan todas las deudas de su difunto marido ganadero

El pasivo contraído con Hacienda, BBVA y Cajamar ascendía a 160.000 euros

El BBVA era una de los bancos acreedores del difunto ganadero virgitano.
El BBVA era una de los bancos acreedores del difunto ganadero virgitano. La Voz
Manuel León
12:47 • 04 abr. 2024

Un matrimonio de Berja se embarcó hace unos años en la aventura de montar una explotación ganadera. Quisieron abrirse paso con una mentalidad de negocio familiar en el sector agropecuario, cada vez más controlado por multinacionales. Pero su ilusión pudo con las trabas que, en principio, se oteaban en una actividad primaria y compleja. 



Fueron al BBVA y pidieron un préstamo y mientras hubo salud, no hubo nubarrones en el horizonte para ir devolviendo el principal y los intereses. Hasta que la enfermedad acosó al marido, tuvo que dejar de trabajar con los animales, no pudo atender el negocio ni tampoco su mujer que tenía que atender al enfermo y la quiebra le llegó al impago de las deudas pendientes que iban aumentando hasta llegar a un pasivo de 160.000 euros.



Tras el fallecimiento de su esposo y al verse ahogada por las deudas, la viuda acudió a la Asociación de Ayuda al Endeudamiento. Tras estudiar su caso, los abogados de la entidad le aconsejaron declararse insolvente y acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad, tras declararse en concurso de acreedores.



El primer beneficio obtenido por este procedimiento ha sido el respiro económico para la deudora, suspendiendo toda obligación de pago a acreedores y paralizando cualquier ejecución de embargo. En el siguiente paso se ha solicitado la exoneración del 100% de la deuda, siendo aceptada por el Juzgado de lo Mercantil número 2 de Almería.



El pasivo no satisfecho a que alcanza la exoneración  son una deuda con la Seguridad Social de 1.338 euros; una deuda con el BBVA de 67.751 euros; y otra deuda con Cajamar de 81.822 euros. Para acogerse al procedimiento es necesario cumplir una serie de requisitos, que han cambiado con la reforma concursal. Estos son: la insolvencia del interesado, no haber sido exonerado en los últimos 5 años y carecer de delitos de orden socioeconómico.



Esta resolución definitiva dictada el 15 de enero de 2024 concediendo el BEPI (Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho) ha supuesto dejar a este deudor libre de pagar 164.935,58 euros. Desde entonces, los acreedores del asociado no podrán reclamar ningún pago más al ya ex-deudor ni incluirlo en ficheros de morosos. Con esta sentencia ya son más de 100 las exoneraciones que la Asociación de Ayuda al Endeudamiento consiguió en 2024. 






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