La Audiencia Nacional (AN) ha advertido al Ministerio para la
Transición Ecológica y Reto Demográfico (Miteco) con la imposición
de una multa si no remite en un plazo de diez días el expediente
administrativo sobre la limpieza de los suelos contaminados de
Palomares, en Almería, después de que haya hecho caso omiso a dos
requerimientos anteriores.
En concreto, apercibe con una
sanción de entre 300 y 1.200 euros para la autoridad o el
funcionario responsable en una resolución, consultada por Europa
Press, en la que acuerda asimismo requerir al abogado del Estado,
"como representante legal de la administración demandada",
para que "gestione" la remisión del expediente
administrativo.
El Juzgado Central número 8 pide que todo
se realice "a la mayor brevedad posible" para evitar
"mayores dilaciones" en la "tramitación" de un
procedimiento abierto a instancia de Ecologistas en Acción para
denunciar la "inacción" del Gobierno e impulsar que se
"lleve a efecto" el Plan de Rehabilitación de Palomares
que, según sostiene España, "debe ejecutar" Estados
Unidos.
El tribunal optó el pasado mes de febrero por
solicitar el expediente administrativo al ministerio para resolver
una cuestión de competencia planteada por Fiscalía y Abogacía del
Estado, que discrepan sobre qué órgano debe decidir si se ordena al
Miteco que fije plazo para la limpieza del americio y el plutonio
presentes en la zona desde hace 58 años.
La Fiscalía
sostiene que debe ser la Audiencia Nacional la que resuelva mientras
que la Abogacía del Estado atribuye la competencia al Tribunal
Superior de Justicia de Madrid (TSJM). Según los escritos,
consultados por Europa Press, el Ministerio Público entiende que
sería la Secretaria de Estado de Energía del ministerio la
encargada de "desarrollar" la remediación del suelo
radiactivo de Palomares con el almacenamiento temporal de 6.000
metros cúbicos de residuos, mientras que la Abogacía del Estado
considera que Ecologistas en Acción dirige su petición a la
Subdirección General de Política Energética y Minas.
De
acuerdo a su interpretación, para la Abogacía del Estado es el
Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) el que debe resolver
ya que la "inactividad" por la que recurre se imputa a "un
órgano central de la Administración Central del Estado con
competencia en todo el territorio nacional y con nivel orgánico
inferior al de ministro o secretario de Estado".
Por
contra, para la Fiscalía debe ser la propia Audiencia Nacional la
que tramite este procedimiento, en concreto la sala de lo
Contencioso-administrativo ya que se impugna la desestimación por
silencio administrativo "de una solicitud sobre materia
energética cuya resolución compete a un Secretario de Estado".
El
colectivo conservacionista tomó la iniciativa el pasado febrero,
cuando se cumplían 58 años desde que cuatro bombas termonucleares
cayeron accidentalmente sobre esta pedanía tras colisionar en el
aire dos aeronaves de las Fuerzas Áreas de EEUU y ante la evidencia
"de que todo sigue igual"
La decisión de elevar
a los tribunales la situación de "inacción" que se
prolonga en el tiempo está motivada por el "silencio" por
parte del Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico a
los requerimientos de Ecologistas en Acción para que "fije
plazo" para "llevar a efecto" el Plan de
Rehabilitación de la zona que el Gobierno ha sostenido, desde
siempre, debe ejecutar la administración estadounidense.
Es
la segunda vez que se recurre a la Audiencia Nacional (AN) para que
obligue a fijar plazo para ejecutar la limpieza y ordene que, a la
espera de encontrar un almacenamiento definitivo del material
radiactivo, se depositen temporalmente los aproximadamente 6.000
metros cúbicos de residuos obtenidos tras el tratamiento de los
50.000 metros cúbicos de tierra previstos por el Ciemat y el Consejo
de Seguridad Nuclear (CSN).
La primera vez, la justicia
sentenció en 2019 que el CSN "no tenía competencias" para
ejecutar los pedimentos de la organización ecologista, aunque no
señaló qué órgano debía hacerlo. En este procedimiento, el
tribunal también tuvo dificultades para acceder a la documentación
requerido.
En el marco de su nueva ofensiva, Ecologistas
en Acción también ha presentado demanda ante el Tribunal Europeo de
Derechos Humanos (TEDH) contra España por la "falta de
solución" a la "emergencia radiológica" que se vive
en Palomares desde 1958 y la "inacción" de los "sucesivos
gobiernos" para "terminar" con una "situación
tan prolongada" en el tiempo, que se ha puesto "en riesgo
la vida de las personas".
El colectivo señala que
los habitantes de Palomares han sido "sometidos" a
"experimentos científicos sin su consentimiento" y afirma
que se "ha permitido que ingirieran e inhalasen partículas
radiactivas" con el "objeto de investigar" las
consecuencias del "plutonio en la salud" hasta el "año
2009", en el marco del proyecto ´Índalo´ acordado entre
España y EEUU, lo que califica como "trato degradante".
"La
contaminación radiactiva en Palomares es un caso único en la
historia de España aún está pendiente de resolver y ningún
gobierno español adoptó medida paliativa alguna, siendo la única
el vallado de gran parte de la zona afectada que culminó en 2011
aunque a fecha de hoy siguen existiendo terrenos contaminados fuera
del vallado por donde transitan personas y ganado libremente",
indica.
La demanda solicita al TEDH que entre en el "fondo
del problema" que se da en Palomares, reconociendo este extremo,
y le pide también que revoque la sentencia de la Audiencia Nacional,
confirmada por el Tribunal Supremo (TS) de noviembre de 2022, que
consideró que el Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) no era el
competente para ejecutar la limpieza de la radiactividad en la zona,
pero no determinó qué organismo era el responsable.
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