Garrucha

Condenado a 22 meses de cárcel por agredir al exalcalde con una caja y puñetazos

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha confirmado una pena por la agresión de 2018

El exalcalde de Garrucha, Juan Francisco Fernández.
El exalcalde de Garrucha, Juan Francisco Fernández. La Voz
La Voz
14:03 • 14 jun. 2024

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado una pena de 22 meses de cárcel para un hombre que en 2018 agredió con una caja de plástico y con puñetazos al exalcalde y entonces concejal de Garrucha, el popular Juan Francisco Fernández ante las "desavenencias" que tenía con él al considerar que había hecho una "nefasta gestión de lo público", según expresó durante el juicio celebrado en la Audiencia Provincial de Almería.

La Sala de Apelación confirma la condena por un delito de atentado contra la autoridad, por el que también le impone el pago de una multa durante ocho meses a razón de seis euros diarios, y por un delito de lesiones por el que le condena al pago de otra multa de seis euros al día durante dos meses. También ordena afrontar una indemnización de 300 euros.

El alto tribunal andaluz avala el pronunciamiento de la Sección Tercera de Almería al entender que no hay dato alguno indicativo" de que el exalcalde "hubiera iniciado la secuencia" mediante un ataque físico al condenado, quien aseguró que actuó en "legítima defensa".

Por el contrario, sí está acreditado que el acusado, sabiendo que el perjudicado era concejal del Ayuntamiento garruchero, "la emprendió a golpes" con él "valiéndose de una caja de plástico que tomó de un contenedor de basura" sin que "conste provocación o acicate justificativo previo alguno". Para ello se vale no solo de la declaración de la víctima, cuya "solidez y coherencia" se han mantenido "desde un principio", sino también de la corroboración de las lesiones sufridas y acreditadas en un parte médico, aparte de que "el propio acusado admite a la postre haber golpeado" al perjudicado "aun aduciendo que lo hizo para defenderse".

"Ni el acusado obró en legítima defensa ni consta que la víctima incurriera en conducta alguna que devaluara su condición de autoridad como concejal a efectos de aplicación del tipo penal propuesto", zanja el TSJA para rechazar el recurso de apelación. En este sentido, la sentencia de origen, consultada por Europa Press, detalla que la condición de autoridad del perjudicado era conocida por el acusado, quien le "manifestó abiertamente que había concedido licencias a los chiringuitos a dedo", dejando patente que "era éste el motivo de la discusión y, por ende, de la agresión".

Ahonda en este aspecto la Audiencia Provincial al incidir en su resolución judicial en que durante la agresión, el acusado le dijo al exalcalde y entones concejal "te vas a volver a presentar", con "clara alusión a si se iba a volver a presentar en las elecciones de nuevo".










Temas relacionados

para ti

en destaque