Se repite el juicio a dos pateristas condenados por llevar 14 personas a Níjar

Consideran que no se analizó en profundidad el informe pericial

Imagen de una patera.
Imagen de una patera. La Voz
Europa Press
18:05 • 17 jun. 2024

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ordenado repetir un juicio contra dos pateristas condenados a un año de prisión cada uno por llevar a 14 personas hasta las costas de Almería en junio de 2021 al considerar que el tribunal no analizó con suficiente profundidad el informe pericial elaborado por inspectora de seguridad marítima de la Capitanía en el que se atendían las condiciones de peligrosidad en las que se realizó el trayecto.



El alto tribunal andaluz estima el recurso impuesto por la Fiscalía y anula la sentencia dictada por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial, toda vez que dispone que se vuelva a enjuiciar la causa con un tribunal de composición distinta.



En sus fundamentos, la resolución judicial advierte que la sentencia de origen daba validez al informe de Capitanía pese a que la perito no había examinado personalmente la patera, de modo que recoge algunas de sus apreciaciones como el estado del viento el día que tuvo lugar la travesía mientras que, de otro lado, considera que el resto de sus apreciaciones tienen un carácter "general".



Frente a ello, el TSJA discrepa de que el informe pericial contenga solo consideraciones de carácter general ya que en él se indican las características de la nave que usaron los acusados y su equipo propulsor así como la total ausencia de medidas de seguridad a bordo y las características del viaje emprendido, entre otros aspectos.



Así, conforme a las pretensiones de la Fiscalía, el tribunal sostiene que dicho informe contiene elementos susceptibles de ser analizados para determinar la peligrosidad en la que se produjo el viaje y, en consecuencia, dirimir una responsabilidad penal mayor a la impuesta en la sentencia anulada.



Más allá de estas consideraciones, se remite a las fotografías de la embarcación en la que había 14 ocupantes, además de los dos tripulantes, que fueron aportadas al procedimiento para advertir que la patera era "completamente inadecuada para realizar una travesía en alta mal de unas 100 millas de recorrido, entre Orán (Argelia) y la costa de San José", en Níjar (Almería).



Con ello, incide en que el "hacinamiento" era aún mayor porque la barca estaba "parcialmente ocupada por el puesto de control" y por, al menos, "ocho bidones cargados de combustible".



Así, determina que la sentencia apelada "incurre en falta de racionalidad" al prescindir de manera "injustificada" de la prueba pericial llevada a cabo, "interpretándola de una forma que no se corresponde con su contenido".


La sentencia anulada condenó a los acusados a un año de prisión cada uno de los acusados por patronear una patera de cinco metros de eslora por 1,5 de manga, con motor fuera borda de 115 caballos ocupada por 14 personas más pese a ninguno de los encausados tenían conocimientos para navegar en el mar. La patera fue interceptada a unas 4,8 millas náuticas al sureste de San José por la Guardia Civil.


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