Tres rateros, amparados en la oscuridad de la noche del domingo 29 de marzo de 2022, rompieron la valla de seguridad de un cortijo de Tarambana (El Ejido) e irrumpieron con pistolas de aire comprimido, guantes y rostros ocultos por pasamontañas. Eran cerca de las 10 de la noche, cuando dos vigilantes de la finca les echaron el alto y los asaltantes exigieron a punta de pistola que les entregaran las llaves del almacén, donde se suponía que había droga. Se resistieron los guardianes e iniciaron una pelea con los mangantes, al tiempo que también llamaron a los dueños del cortijo que estaban fuera.
Al llegar éstos, pudieron apresar a uno de los ladrones que fue custodiado por la Guardia Civil. Los otros dos malhechores escaparon, aunque a uno de ellos le quitaron el pasamontañas pero se escabulló en la oscuridad de la noche dejando su cara al descubierto apenas un instante, un instante que es lo que llevará a la cárcel, por más de tres años, a El Houcine Nmeg, un marroquí de 32 años, residente en Santa María del Aguila, con 18 años de estancia en Almería.
La historia es que, aún sin antecedentes penales, la foto de El Houcine estaba en los archivos policiales por un incidente de amenazas prescrito ocurrido con una antigua novia por el que fue condenado a 44 días a trabajos comunitarios cuando tenía 23 años.
Ante la Guardia Civil, el dueño del cortijo declaró que el asaltante que huyó tenía rasgos magrebíes y cuando los agentes le mostraron las fotografías de varios hombres que encajaban con su descripción, aseguró reconocer a El Houcine.
Días más tarde volvió a identificarlo, aunque con la foto firmada previamente por el propio encausado, lo que para el abogado defensor, Esteban Hernández, supone “una prueba viciada, puesto que no hay ni una sola evidencia científica contra él, tan solo un criterio subjetivo de reconocimiento tras haberlo mirado un instante en una noche oscura”.
Añade que “la Guardia Civil no practicó ninguna prueba, más allá de la exhibición fotográfica al denunciante, sin mandar analizar mediante ADN marcas o heridas en el pasamontañas que quedó en poder del juzgado tras la huida.
El Houcine suplicó que le cogieran el ADN, que investigaran, lo que había hecho aquella noche, pero no cundió.
Durante el juicio en el Penal número 5 de Almería el acusado se declaró inocente y explicó que cobraba 1.600 euros mensuales como chófer en la empresa J.Carrión, que no necesitaba robar para mantener a su familiar y que la noche del robo se encontraba haciendo una barbacoa en su casa junto a su padre, su madre, su esposa y su bebé. Además, el otro acusado del robo, un marroquí de 23 años, con antecedentes de varios delitos, reconoció los hechos y explicó que no había visto en su vida a El Houcine.
Aportó el acusado un extracto bancario de que a la misma hora del asalto- las 10 de la noche- se encontraba sacando dinero de un cajero a 14 kilómetros del cortijo de Tarambana, pero el juez no lo tuvo en cuenta. Fue condenado por el Penal, 5 de Almería a tres años y dos meses, sentencia ratificada por la Audiencia Provincial. El Tribunal Constitucional ha inadmitido el recurso de amparo y solo queda la luz de que el fiscal del Constitucional pueda recurrir la inadmisión y dar algo de esperanza a El Houcine para evitar su ingreso en prisión tras 18 años trabajando en Almería.
El debate penal de la identificación subjetiva
El letrado Esteban Hernández Thiel es, como Santa Rita de Casia, ganador como abogado de causas perdidas. “El 80% de las condenas a personas inocentes en las que se demostró el error judicial fueron causadas por identificaciones por toda prueba, en este caso, además, la única”, explica Hernández, que ha protagonizado ya varios casos absolutorios tras presentar recursos por inexistencia de prueba científica. Y añade “ya hay países como Estados Unidos donde se ha modificado la ley para que no pueda condenarse a nadie exclusivamente por un reconocimiento subjetivo de la fisonomía, aquí seguimos arruinándole la vida a inocentes. Nuestra justicia da más valor a los recuerdos de un testigo que a la ciencia del ADN”. En España, el anteproyecto de nueva ley penal recoge la eliminación de la identificación como prueba exclusiva de culpabilidad.
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