El Equipo de Gobierno municipal ha rechazado hoy sendas mociones presentadas por los grupos de la oposición en las que se reclamaba la supresión de la exención del IBI a la Iglesia Católica. El alcalde de la ciudad, Luis Rogelio Rodríguez-Comendador, ha afirmado que "las mociones presentadas por PSOE e IU responden a una polémica interesante e interesada, al dictado de sus sedes centrales, eligiendo en este caso a la Iglesia como muñeco de feria sobre el que practicar el pim, pam, pum". Según el primer edil la propuesta es "sectaria puesto que de lo que se trata es de atacar a la Iglesia", mientras que ha defendido "la ingente labor social y asistencial que presta a la sociedad".
Rodríguez-Comendador ha indicado que no sólo los inmuebles de la Iglesia destinados a culto están exentos del pago del IBI, también lo están "los edificios que albergan servicios públicos de seguridad, educativos, las mezquitas, sedes de gobiernos extranjeros, Cruz Roja, colegios concertados, edificios que forman parte del Patrimonio Artístico e incluso los sindicatos". El alcalde de Almería ha cifrado en unos 20.000 millones lo que la Iglesia ahorra al Estado prestando labor en centros de enseñanza, hospitales, atención a inmigrantes, comedores sociales..."una colaboración económica que hoy, más que nunca, se hace fundamental", indicó,
El primer edil ha recordado respecto de la Iglesia Católica, y en relación con el IBI, que la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLRHL) señala en su articulado que "están exentos los inmuebles de la Iglesia Católica, en los términos previstos en el Acuerdo entre el Estado Español y la Santa Sede sobre Asuntos Económicos, de 3 de enero de 1979, y los de las asociaciones confesionales no católicas legalmente reconocidas, en los términos establecidos en los respectivos acuerdos de cooperación suscritos en virtud de lo dispuesto en el artículo 16 de la Constitución".
El Acuerdo entre el Estado Español y la Santa Sede sobre Asuntos Económicos establece en sus artículos IV y V que "la Santa Sede, la Conferencia Episcopal, las diócesis, las parroquias y otras circunscripciones territoriales, las Órdenes y Congregaciones religiosas y los Institutos de vida consagrada y sus provincias y sus casas tendrán derecho a la exención total y permanente de la Contribución Territorial Urbana de templos y capillas destinados al culto, así como sus dependencias o edificios y locales anejos destinados a la actividad pastoral. También la residencia de los Obispos, de los Canónigos y de los sacerdotes, así como los locales destinados a oficinas, oficinas parroquiales, seminarios destinados a la formación del clero diocesano y religioso y las Universidades eclesiásticas en tanto en cuanto impartan enseñanzas propias de disciplinas eclesiásticas, entre otros.
También ha hecho referencia el primer edil a la Ley de Mecenazgo de 2002, donde se incluye que "estarán exentos del Impuesto sobre Bienes Inmuebles los bienes de los que sean titulares, en los términos previstos en la normativa reguladora de las Haciendas Locales, las entidades sin fines lucrativos"
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