El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Almería que condena a cuatro años y un mes de prisión a tres acusados, B.H.G., T.H.B. y J.H.F., como autores de un delito de robo con violencia e intimidación en concurso con detención ilegal. Los hechos ocurrieron en mayo de 2021 en el municipio almeriense de Canjáyar, cuando los procesados, actuando de forma concertada, llevaron a cabo el plan delictivo.
La sentencia, a la que ha tenido acceso LA VOZ, relata que según los hechos probados, T.H.B. contactó con la víctima, J.A.M.M., a través de una página web de contactos. La mujer concertó un encuentro en una vivienda donde se encontraban los otros dos acusados. Al llegar, la puerta fue cerrada con un puntal de hierro, tras lo cual J.H.F. amenazó al denunciante con un cuchillo mientras B.H.G. lo empujaba y golpeaba.
Bajo intimidaciones que incluían frases como "te vamos a hacer hamburguesa", lograron que la víctima entregara 100 euros, una tarjeta bancaria y su código PIN. Posteriormente, B.H.G. realizó tres retiradas de 300 euros cada una en un cajero cercano mientras los otros dos detenían ilegalmente al hombre en la vivienda.
Por su parte, la defensa de los acusados recurrió la sentencia de primera instancia, alegando errores en la valoración de las pruebas y solicitando su absolución o la reducción de las penas. No obstante, el TSJA ha desestimado sus argumentos. Asimismo, el tribunal señala que las declaraciones de la víctima son consistentes y están corroboradas por pruebas adicionales, incluyendo imágenes del cajero y la conexión entre los acusados. Además, se rechazó la alegación de drogadicción como atenuante, al considerar que no había evidencia suficiente de que su dependencia afectara su capacidad en el momento de los hechos.
En el fallo, el TSJA también ratifica la obligación de los condenados de indemnizar de forma solidaria a la víctima con 1.000 euros por el dinero sustraído, más los intereses legales. Además, deberán cumplir la inhabilitación especial para sufragio pasivo durante el periodo de condena. Los procesados han ingresado 1.600 euros como reparación del daño, pero el tribunal ha considerado que no se cumplen los requisitos para que esta acción se considere atenuante muy cualificada.
Finalmente, la sentencia confirma la dureza de las penas al valorar el encierro de la víctima como una detención ilegal que excede el acto del robo. Se trató de una retención calculada, con amenazas y violencia, para garantizar el éxito del plan criminal. El TSJA reitera que los tres acusados actuaron como coautores, con una clara división de tareas y bajo un pacto previo. Contra esta resolución aún cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo, según indica la sentencia del TSJA.
Consulte el artículo online actualizado en nuestra página web:
https://www.lavozdealmeria.com/noticia/3/provincia/283549/te-haremos-hamburguesa-la-frase-que-marco-un-violento-robo-en-almeria