El Ayuntamiento de Almería, a través del Negociado de ruinas y órdenes de ejecución de la Gerencia Municipal de Urbanismo, ha dictado órdenes de demolición para varios inmuebles de la capital.
El primero de ellos está situado en la calle Diana número 5. Según recoge el Boletín Oficial de la Provincia de 27 de septiembre de 2012, la Gerencia dicta orden de demolición urgente “bajo proyecto y dirección técnica de arquitecto superior o aparejador”. Los copropietarios del inmueble tienen dos meses para ejecutar los trabajos y, una vez concluidos, se procederá a ejecutar una nueva valla de cerramiento en fachada según alineaciones del PGOU y se pintarán y enfoscarán las medianerías para infiltraciones por humedad en inmuebles colindantes.
La Gerencia estima una valoración en ejecución subsidiaria por valor de 5.000 euros.
La segunda orden de demolición se dicta sobre una parcela sin vallar de la calle Mandarina número 21, en cuyo interior hay gran cantidad de matorral, basura y una vivienda de planta baja desahabitada en estado ruinoso. La primera denuncia sobre este inmueble llega por parte de un vecino que alegaba “riesgo de incendio y proliferación de plagas”. La Policía Local también presentó su denuncia en noviembre del pasado año.
El inmueble se encuentra en “situación legal de ruina urbanística”, ya que habría que realizar obras de cimentación, estructura, albañilería, cubierta, la mayoría de carácter estructural. El Ayuntamiento insta a demolerlo y a retirar los escombros tras limpiar el solar a un vertedero autorizado.
En este último caso, la Gerencia incoa procedimiento de orden de ejecución sobre la parcela e incoa también el procedimiento de declaración de situación legal de ruina urbanística y valora el coste estimado de obras de reparación y el valor de reposición en más de 100.000 euros.
Según el BOP de la misma fecha, la Gerencia ha incoado de oficio un tercer procedimiento de declaración de situación legal de ruina urbanística sobre un inmueble situado en carretera del Ingenio número seis, por “incumplimiento del deber de conservación de la edificación”. Se trata de un inmueble de planta baja deshabitado, con grietas en los muros y que no posee “acabados o instalaciones en condiciones de servicio”.
Según obra en el expediente, “nos encontramos ante una evidente y notoria situación legal de ruina urbanística”.El Ayuntamiento estima que la demolición y las obra de reparación superarían el valor de los 24.000 euros.
Limpieza y vallado
Un cuarto expediente se refiere a un solar de la calle Vereda de las palmeras número 1 de Retamar, aunque en este caso no se produce declaración de ruina, sino que se pide al propietario que acometa “la limpieza de escombros, matorrales y retirada a vertedero autorizado”, además del vallado del solar con una determinadas características y siguiendo las normas de seguridad establecidas por la Gerencia. Urbanismo advierte a la propiedad de que, si no acomete los trabajos, procederá a su ejecución forzosa, valorando los trabajos en unos 3.000 euros.
En los cuatro casos se ha procedido a la publicación en el BOP porque no ha sido posible contactar con los propietarios de los inmuebles, por lo que no ha podido notificárseles la decisión municipal de manera directa.
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