Sellam Berrada, cónsul general de Marruecos en Almería, entró en la sala acompañado por un asesor y por miembros de la dirección del centro penitenciario de El Acebuche. Pisaba la cárcel por primera vez desde su nombramiento el pasado verano, cuando relevó en el cargo a Rachid El Mougha, y tenía ante sí un auditorio compuesto por un grupo de compatriotas ávidos de información sobre trámites de diversa naturaleza.
Las primeras palabras de Berrada fueron en castellano, por cortesía. El resto en árabe. Fue entonces cuando uno de los presentes tomó la palabra y, aunque cada uno presentó los detalles de su propia historia personal, el interno se erigió como improvisado portavoz de una inquietud común al colectivo. “Llevo 15 años en España con mi familia y ahora no pueden echarme”.
El problema no es nuevo, aunque aparece de forma cíclica entre los afectados para poner de relieve un aspecto menos conocido de la Ley de Extranjería: las expulsiones de delincuentes (en el argot jurídico llamadas ‘expulsiones cualificadas’).
La norma castiga duramente a los inmigrantes condenados a penas superiores a un año de cárcel por delitos dolosos (una voluntad deliberada de cometer la ilicitud) y los repatría a sus países de origen siempre que existan acuerdos bilaterales.
Según datos oficiales de la Subdelegación del Gobierno en Almería, el Ministerio del Interior sacó del país entre el 1 de enero de 2011 y el 30 de abril de 2013 unos 430 extranjeros condenados a más de un año de prisión. Según estas estadísticas, las “expulsiones cualificadas” rondarían el 60 por ciento del total de las tramitadas en la provincia de Almería por la Comisaría de la Policía Nacional, con competencias en la materia.
Marruecos es un ejemplo paradigmático, aunque hay otros. La Subdelegación del Gobierno señala que “la gran mayoría de ellos han sido expulsados a países del Magreb o de Sudamérica”. Actualmente el centro penitenciario de El Acebuche cuenta con una población reclusa cercana a las 900 personas. Un 20 por ciento son marroquíes, por lo que parece inevitable la preocupación por las posibilidades que la ley ofrece una vez se cumplan las condenas dictadas por los tribunales.
La cuestión no es sencilla e influyen variables como la cancelación de antecedentes, la situación de los países de origen o la propia situación judicial de los reos. En este sentido, el Código Penal ofrece una línea de expulsión adicional que amplía las posibilidades legales para la repatriación de reclusos. Se trata de la conmutación de las penas a cambio de marcharse de España.
Dicho de otro modo, los delincuentes con penas inferiores a seis años pueden librarse de la cárcel si aceptan irse del país y no volver durante diez años (siempre acordado por un juez). El sistema funciona con discreción, sin publicidad, pero a buen ritmo. En 2010, por ejemplo, 34 internos de El Acebuche abandonaron las celdas para regresar a su países.
Críticas
No obstante, el modelo levanta ciertas asperezas. Los críticos alegan que el régimen penitenciario fue ideado para la reinserción de los reclusos y, en cambio, la aplicación respecto a los extranjeros coarta la posibilidad de rehacer sus vidas en España.
Además, un reciente estudio elaborado por miembros de la judicatura y del mundo académico, denominado ‘Mujeres en el CIE. Género, inmigración e internamiento’, asegura que el Gobierno central infla el número de “expulsiones cualificadas”. Margarita Martínez Escamilla, profesora y directora del estudio, señala en declaraciones recogidas por la Cadena Ser que “no se sabe si ese cálculo es algo tendencioso, por parte de la administración, o pura chapuza”.
El Ministerio del Interior presentó la semana pasada el balance 2012 de ‘Lucha contra la inmigración irregular’.
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