La empresa concesionaria del servicio de mantenimientos de los cementerios de la capital, ASV Funeser, ya ha conseguido regularizar y actualizar la titularidad de 18.000 enterramientos de la capital, aproximadamente el 50 por ciento de las unidades existentes en el camposanto de San José y Santa Adela.
Tanto para la concesionaria como para el Ayuntamiento se trata de un dato muy positivo e importante ya que uno de los principales problemas con los que se encontraron desde ambas partes al inicio de la concesión fue, precisamente, la caducidad de muchos de los enterramientos y la falta de actualización de los datos de los titulares, dificultando la localización de los mismos.
Cabe recordar que incluso se inició una campaña poco antes del Día de Todos los Santos del año 2011, que continúa todavía abierta, con pegatinas en los nichos cuyos enterramientos habían caducado o había problemas en los datos tratando de que los familiares pasaran por las oficinas de la empresa para la puesta al día de las concesiones.
Precisamente una de las principales dificultades con las que se encuentra esta actualización necesaria para la gestión del camposanto es la antigüedad de algunos de los enterramientos que conlleva que haya que recurrir a la segunda generación de herederos de la gestión de los nichos, con las complicaciones que ello conlleva.
Explican desde la concesionaria que, a pesar de las molestias que se puedan generar a los familiares, es absolutamente necesario cumplir con la normativa.
De esta forma, para todos aquellos que cuentan con familiares enterrados en la capital y al actualizar los datos hay que cambiar la titularidad, se tiene que iniciar un proceso complejo pero “al que estamos obligados para que todos los herederos estén de acuerdo y se cumpla con la legislación vigente”.
Así, en primer lugar si se cuenta con testamento y en éste se incluye al heredero del nicho, a él se le otorga el derecho funerario siempre que se haya aceptado la herencia.
En caso de no existir testamento se necesita presentar un acta de declaración de herederos forzosos del titular. Si tampoco lo hay, se puede solicitar el libro de familia en el Registro Civil si es que vive el cónyuge del titular, y si no, se procede a solicitar el certificado de últimas voluntades.
Si no se dispone de todo lo anterior, se necesitará un acta notarial de los herederos, un certificado de últimas voluntades y la partida de nacimiento de todos los herederos del titular.
Se trata de un proceso farragoso, y así lo asumen desde la empresa, pero esto permitiría poner al día la concesión y contar con el título funerario que será, lo que a partir de entonces, sea necesario para las gestiones en el camposanto.
Este título se les va a mandar en mano, junto a una carpeta, a todos los que ya cuentan con los datos al día.
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