El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha admitido a trámite la recusación planteada por el colectivo Salvemos Mojácar contra los magistrados que deben dirimir la conformidad o no a derecho de la licencia de obras que en 2003 se concedió a Azata del Sol para la construcción del hotel de Azata en el paraje de El Algarrobico, en Carboneras (Almería).
La magistrada instructora del incidente de recusación lo ha admitido a trámite y ahora un tribunal tendrá que decidir si procede apartar del procedimiento a los magistrados Rafael Toledano Cantero, presidente de la sala de lo Contencioso-administrativo del Alto Tribunal ansaluz, Jorge Muñoz Cortés y María R. Torres Donaire.
Salvemos Mojácar ha remarcado que de estos tres magistrados, dos de ellos dictaron la sentencia del pasado día 21 de marzo declarando urbanizable el suelo sobre el que se levanta el Hotel del Algarrobico en contra de 20 sentencias y autos anteriores.
El motivo de la recusación es la querella presentada por Salvemos Mojacar contra ellos por presunta prevaricación en la Sala Segunda de lo Penal del Tribunal Supremo (TS) que ya ha abierto la causa especial y nombrado ponente al magistrado Juan Saavedra Ruiz.
Cabe recordar que la Junta de Andalucía se ha adherido a la causa de recusación y ha solicitado, por tanto, que sean apartados de la causa. La administración sostiene en el escrito elevado TSJA, al que tuvo acceso Europa Press, que concurre una de los supuestos de recusación que contempla la ley al haberse presentado una querella por presunta prevaricación contra estos magistrados de la Sección Tercera.
Los servicios jurídicos de la Junta andaluza entienden, en respuesta al traslado dado por la Sección Tercera del escrito de recusación para alegaciones, que existe "causa legal" para "sustentar" la recusación dado que la querella por presunto delito de prevaricación contra los tres magistrados "pudiera comprometer la objetividad e imparcialidad" al estar presentada por una de las partes personadas en el litigio.
Consideran, así, que la causa de recusación "se infiere directamente, sin necesidad de indagar sobre la posible parcialidad en el ánimo del juez ni de realizar mayor esfuerzo argumentativo" y remarca que ha quedado acreditada la querella que "ha dado lugar a la incoación de procedimiento penal ante el Tribunal Supremo, un causa especial con la designación de un ponente y estando pendiente de la subsanación de un defecto formal para ser admitida a trámite".
Abogacía del Estado
Por su parte, la Abogacía del Estado ha elevado escrito, al que ha tenido acceso Europa Press, en el que se opone a la recusación al interpretar, por contra, que la norma "es clara" y "exige" que se haya admitido a tramite la denuncia para que "pueda invocarse la concurrencia de la causa establecida en el artículo 219.4 de la LOPJM, como señala el TS en su jurisprudencia", lo que, según remarca, "no consta en modo alguno".
Apunta a que la querella se formuló después de haberse tramitado el rollo de apelación contra la sentencia de 2008 de un juez de Almería que anuló la licencia de obras del hotel de Azata del Sol y de haberse celebrado vista el pasado 14 de enero, por lo que "concurre otra causa para la inadmisión del incidente de recusación promovido".
Concluye la Abogacía del Estado que, "salvo a mejor criterio de los propios magistrados que han sido objeto de recusación", no concurren "los dos presupuestos que exige la jurisprudencia del TS" y advierte de que de sostener "otro criterio" quedaría "al albur del justiciable la modificación del tribunal al que corresponde r
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